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La LOMCE, segregación del alumnado (2)

En el primer artículo se analizó la pérdida del carácter público de la Educación en la LOMCE. Focalizamos ahora la mirada en un segundo objetivo que propicia y provoca la LOMCE: la segregación del alumnado.

La LOMCE muestra su carácter elitista ya en la propia exposición de motivos de la Ley.

Afirma que “cada alumno tiene su talento. La naturaleza del talento difiere entre ellos. Por eso son necesarias diferentes trayectorias”. “cada alumno tiene su talento. La naturaleza del talento difiere entre ellos. Por eso son necesarias diferentes trayectorias”.El PP justifica así la regulación de los distintos itinerarios. Dicho de otra manera: la persona nace con una inteligencia y es apta por naturaleza para una determinada ocupación. Esta triple afirmación contenida en la exposición de motivos conlleva la eliminación del carácter compensador de las desigualdades de la Educación pública. La sociedad actual no es igualitaria y los distintos estratos sociales no tienen las mismas oportunidades. El alumnado, cuando se incorpora a un centro educativo, no tiene el mismo punto de partida. Está condicionado por los diferentes niveles económicos, sociales y culturales de las familias y del propio alumnado. El sistema educativo debería de equilibrar y compensar estas desigualdades. No cabe un tratamiento igual para todos, ya que la consecuencia es el refuerzo y la continuidad de estas diferencias entre los estudiantes. Consolida la desigualdad inicial, discrimina a los más desfavorecidos y premia a los que la LOMCE denomina como talentos.

Esta Ley educativa elimina la atención a la diversidad y cualquier refuerzo educativo.

La LOMCE desatiende los desajustes del aprendizaje y no implementa herramientas ni medios para subsanar las múltiples dificultades del alumnado. Desde la etapa Infantil hasta el Bachillerato.

La etapa Infantil no se considera obligatoria. Por tanto, la atención a la diversidad y el refuerzo educativo no ocuparán ningún espacio.

En Primaria, se deja en manos de los equipos docentes, del propio profesorado las medidas a tomar. Estamos así en una situación en la que el profesorado queda sin posibilidad ni disponibilidad de carga horaria para prestar dicha atención, ni medios financieros y sin recursos.

En la ESO, la propia LOMCE pone en evidencia su carácter elitista. Regula unos “programas dirigidos a aquellos alumnos que presenten dificultades relevantes del aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo” (sic). No habrá programas dirigidos a los estudiantes que requieran apoyos. Si no estudian o no se esfuerzan, se les abandona. Nada importan las causas que inciden en el proceso del aprendizaje ni la falta de motivación del alumnado. ¿Para qué detectarlas, si no se ponen remedios?

La LOMCE segrega al alumnado con la regulación de los itinerarios.

Incorpora itinerarios atendiendo al rendimiento académico y a la cultura del esfuerzo. El alumnado llegará a las distintas etapas educativas “arrastrando” su biografía. Se penaliza el fracaso escolar sin poner previamente medidas para combatirlo. Un alumno/a con catorce o quince años de edad tendrá que elegir su futuro profesional. Deberá escoger la vía de la Formación Profesional Básica (ni siquiera obtiene el título de la ESO), la vía hacia los ciclos medios y de la FP o la vía que le conduzca a posteriores estudios universitarios.

Precisamente, cuando se muestran más crudamente los desajustes y las carencias en el aprendizaje, se les obliga a esta elección anticipada entre unos itinerarios que tendrán distinto valor formativo. La LOMCE atenta contra el principio de igualdad de oportunidades y de equidad. Adentra al alumnado en un camino sin retorno sin existir vías reales o vasos comunicantes que permitan la recuperación formativa del alumnado.

En el primer artículo se analizó la pérdida del carácter público de la Educación en la LOMCE. Focalizamos ahora la mirada en un segundo objetivo que propicia y provoca la LOMCE: la segregación del alumnado.

La LOMCE muestra su carácter elitista ya en la propia exposición de motivos de la Ley.