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La ignorancia de la cuestión no excusa la burrada

Veamos qué dijo exactamente la magistrada en su auto del pasado día 12: “El objeto [de la autorización de entrada y registro] será la acreditación de los extremos de la emisión/retransmisión y difusión de las obras, así como la intervención/precinto en su caso de los soportes de las obras de audio que se estén proyectando o se presuma que hayan sido retransmitidas o que estén preparadas para ello, así como la intervención o el precinto de cuantos aparatos/soportes se estén utilizando en la comisión del delito para la emisión, retransmisión de la obra y grabaciones de audiovisual y software”. Teniendo en cuenta estas limitaciones, que en realidad apenas limitaban nada, una comisión judicial (secretaria y perito), acompañada de la Guardia Civil, procedió a llevarse por delante todos los ordenadores (incluidos los de emisión) y material fonográfico de las tres emisoras teldenses víctimas de este injustificable atropello (Radio Cibelio, PCL Radio y Canal Telde, esta última de titularidad municipal). ¿Ignoraba la juez que autorizando tales precintos e intervenciones impedía el ejercicio de la actividad total de las cadenas atacadas? Y, a mayor abundamiento, ¿era eso lo que le pedía el denunciante?, porque la Guardia Civil sí que se lo pidió clarito en su oficio de 8 de julio. Insistimos, ¿actuó la señora Zabala desde la ignorancia más supina, ajena a la violación de derechos fundamentales que estaba propiciando? Dígale usted a un juez que ignora el alcance de la ley, a ver qué le responde.

Veamos qué dijo exactamente la magistrada en su auto del pasado día 12: “El objeto [de la autorización de entrada y registro] será la acreditación de los extremos de la emisión/retransmisión y difusión de las obras, así como la intervención/precinto en su caso de los soportes de las obras de audio que se estén proyectando o se presuma que hayan sido retransmitidas o que estén preparadas para ello, así como la intervención o el precinto de cuantos aparatos/soportes se estén utilizando en la comisión del delito para la emisión, retransmisión de la obra y grabaciones de audiovisual y software”. Teniendo en cuenta estas limitaciones, que en realidad apenas limitaban nada, una comisión judicial (secretaria y perito), acompañada de la Guardia Civil, procedió a llevarse por delante todos los ordenadores (incluidos los de emisión) y material fonográfico de las tres emisoras teldenses víctimas de este injustificable atropello (Radio Cibelio, PCL Radio y Canal Telde, esta última de titularidad municipal). ¿Ignoraba la juez que autorizando tales precintos e intervenciones impedía el ejercicio de la actividad total de las cadenas atacadas? Y, a mayor abundamiento, ¿era eso lo que le pedía el denunciante?, porque la Guardia Civil sí que se lo pidió clarito en su oficio de 8 de julio. Insistimos, ¿actuó la señora Zabala desde la ignorancia más supina, ajena a la violación de derechos fundamentales que estaba propiciando? Dígale usted a un juez que ignora el alcance de la ley, a ver qué le responde.