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Paco y Aarón tienen un problema con la Constitución

Dos socialistas destacados se han llevado el que puede considerarse el revolcón político de sus vidas. El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional una disposición adicional introducida de soslayo en la Ley de Presupuestos de Canarias para 2013 por la que se decretaba unilateralmente la reducción en un 20% de la jornada y de los salarios exclusivamente para los trabajadores laborales temporales e indefinidos de la Comunidad Autónoma. Los padres de esa decisión que vulnera, según el tribunal, el artículo 14 de la Constitución Española (“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”), fueron Francisco Hernández Spínola, a la sazón consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, repetimos, Justicia e Igualdad, y el que por entonces era su director general de Función Pública, Aarón Afonso, hoy elevado a la consideración de consejero de la misma área, es decir, Presidencia, Justicia e Igualdad. Repetimos, Justicia e Igualdad. Alegando la necesidad de reducir el gasto público, ambos socialistas decidieron que lo mejor era recortar el sueldo a un colectivo de trabajadores públicos que no son precisamente los que más ganan en la Comunidad Autónoma, Y dejar quietos a los funcionarios de Justicia, Fiscalía, Sanidad y Educación, es decir a los colectivos más fuertes y con mejores mecanismos de presión frente a arbitrariedades emanadas del poder. Y mira que recibieron advertencias, quizás la más contundente procedente de un veterano socialista que pasa por ser un respetado experto en Derecho Constitucional, Santiago Pérez, que les advirtió públicamente, a través de dos artículos publicados en Canarias Ahora, de la inconstitucionalidad de la medida. A Pérez el Tribunal Constitucional le ha dado la razón en la mayoría de las consideraciones que entonces expuso públicamente. Una sentida marcha, la de Santiago Pérez, de la que todavía no parece ser consciente el PSOE canario.

Intentaron recular

El atropello fue de tal calibre que las demandas no se hicieron esperar. Los sindicatos se lanzaron a degüello contra la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (repetimos, Justicia e Igualdad) y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias formuló una cuestión de inconstitucionalidad, que ahora ha quedado dirimida a favor de los recurrentes. Para calmar aquella rebelión, Spínola y Afonso decidieron que lo mejor era recular, sentarse meses después con los afectados y devolverles sus derechos arrebatados. Eso sí, obligándoles a renunciar a continuar con las acciones judiciales y recuperando las horas que habían dejado de trabajar obligados por la medida. Una buena parte de los 3.000 afectados aceptaron, faltaría más, porque un recorte del 20% en tu salario (el 10% para los trabajadores con contrato de menos de 25 horas semanales) no es moco de pavo en los tiempos que corren (y que corrían). Pero hubo unos 700, aproximadamente, que decidieron continuar adelante con el pleito ante el Constitucional de la mano de sus sindicatos, Comisiones Obreras e Intersindical Canaria. Las alegaciones fueron prácticamente las mismas que recogía en sus artículos el profesor Santiago Pérez, hoy concejal en La Laguna, y a ellas se unió con grandes alegaciones la Fiscalía General del Estado, para quien “se discriminó a los trabajadores con condiciones más precarias”. Para que nos entendamos, vigilante sde comedor, bedeles y administrativos. Tiene mucha enjundia que una Fiscalía General del Estado, entonces como ahora en manos del PP, afee a dos socialistas un trato discriminatorio y arbitrario a la parte más débil de los trabajadores públicos de una comunidad autónoma, a los dos que estaban al frente de Justicia e Igualdad, manda Trillos. Porque tanto ese órgano, como ya hizo inicialmente la Sala de lo Social del TSJC y acaba de ratificar el Constitucional en su sentencia, las razones de contención del gasto público esgrimidas para esa arbitrariedad “debieron justificar la extensión a todo el personal laboral de forma generalizada” y no exclusivamente a los colectivos de personal laboral temporal y personal laboral indefinido. Como argumento frente al Constitucional, la Comunidad Autónoma se cubrió de gloria: “Situaciones jurídicas diferenciadas admiten un tratamiento desigual”. Y dos piedras.

Fuertes con los débiles

Pues va a ser que no, le ha contestado el Tribunal Constitucional. La Comunidad Autónoma no tiene competencias en materia de relaciones laborales y lo que Spínola y Afonso introdujeron en la ley 10/2012, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2013, fue un precepto de Derecho Laboral para lo cual Canarias es manifiestamente incompetente. Con perdón. Y encima alegando razones que el ponente de la sentencia rechaza: “La medida prevista en la norma cuestionada no tiene esta justificación, sino que se fundamenta, como expresamente se reconoce en su apartado primero, en razones de contención de gasto público y tiene como finalidad mantener el empleo público, hacer recaer estas medidas únicamente en los empleados públicos que tienen la condición de temporales no puede considerarse acorde con el principio de igualdad”. Justicia e Igualdad. Justicia poética e igualdad. Fuertes con los débiles, débiles con los fuertes. Mal asunto. Unos 200 trabajadores perdieron sus empleos durante aquellos recortes, y los que se quedaron vieron reducidas sus nóminas de 900 a 700 euros en plena crisis económica. Los más valientes continuaron hasta el final, de ellos es este triunfo y la ofensa a los que los atropellaron. Ahora, a pagar los salarios y sus intereses.

Dos socialistas destacados se han llevado el que puede considerarse el revolcón político de sus vidas. El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional una disposición adicional introducida de soslayo en la Ley de Presupuestos de Canarias para 2013 por la que se decretaba unilateralmente la reducción en un 20% de la jornada y de los salarios exclusivamente para los trabajadores laborales temporales e indefinidos de la Comunidad Autónoma. Los padres de esa decisión que vulnera, según el tribunal, el artículo 14 de la Constitución Española (“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”), fueron Francisco Hernández Spínola, a la sazón consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, repetimos, Justicia e Igualdad, y el que por entonces era su director general de Función Pública, Aarón Afonso, hoy elevado a la consideración de consejero de la misma área, es decir, Presidencia, Justicia e Igualdad. Repetimos, Justicia e Igualdad. Alegando la necesidad de reducir el gasto público, ambos socialistas decidieron que lo mejor era recortar el sueldo a un colectivo de trabajadores públicos que no son precisamente los que más ganan en la Comunidad Autónoma, Y dejar quietos a los funcionarios de Justicia, Fiscalía, Sanidad y Educación, es decir a los colectivos más fuertes y con mejores mecanismos de presión frente a arbitrariedades emanadas del poder. Y mira que recibieron advertencias, quizás la más contundente procedente de un veterano socialista que pasa por ser un respetado experto en Derecho Constitucional, Santiago Pérez, que les advirtió públicamente, a través de dos artículos publicados en Canarias Ahora, de la inconstitucionalidad de la medida. A Pérez el Tribunal Constitucional le ha dado la razón en la mayoría de las consideraciones que entonces expuso públicamente. Una sentida marcha, la de Santiago Pérez, de la que todavía no parece ser consciente el PSOE canario.

Intentaron recular