El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
Una querella ''sin base legal''
El auto de la Audiencia Provincial, que se permite premiar a los abogados de la esposa del general con unas cuantas lecciones de Derecho Penal, da por sentado que “la actuación del inspector jefe Eduardo Belda Bueno fue prudente, racional y jurídicamente ajustada a Derecho”, por lo que la Sección Sexta de ese órgano jurisdiccional no estima “que existiera delito de detención ilegal”. Pero dice más cosas, cada cual más suculenta. Por ejemplo, que “el escrito de querella” que Eligio Hernández inspiró y ensalzó con tanta pasión por los diferentes medios de comunicación de Canarias “carece de suficiente base legal que justifique la tramitación del procedimiento (...) por decirlo con todo respeto”. No entienden los magistrados que analizaron el recurso por el archivo de esa querella que ésta se dirigiera contra el inspector Belda, “cuando los que practicaron la detención fueron Pegaso 421”, operativo formado “por dos agentes de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR)” que primero preguntaron al querellado y al otro testigo de los hechos y luego procedieron a leer los derechos a la detenida para conducirla a continuación a dependencias policiales. Pero claro, como muy bien recalca la Audiencia, “no todos los días se detiene a la mujer de un general, pero sí con mucha frecuencia a otros conductores como presuntos autores de un delito contra la seguridad vial sin que exista la mínima sospecha de actuación policial desproporcionada y menos constitutiva de delito”. Pero hay más, no se vayan.
El auto de la Audiencia Provincial, que se permite premiar a los abogados de la esposa del general con unas cuantas lecciones de Derecho Penal, da por sentado que “la actuación del inspector jefe Eduardo Belda Bueno fue prudente, racional y jurídicamente ajustada a Derecho”, por lo que la Sección Sexta de ese órgano jurisdiccional no estima “que existiera delito de detención ilegal”. Pero dice más cosas, cada cual más suculenta. Por ejemplo, que “el escrito de querella” que Eligio Hernández inspiró y ensalzó con tanta pasión por los diferentes medios de comunicación de Canarias “carece de suficiente base legal que justifique la tramitación del procedimiento (...) por decirlo con todo respeto”. No entienden los magistrados que analizaron el recurso por el archivo de esa querella que ésta se dirigiera contra el inspector Belda, “cuando los que practicaron la detención fueron Pegaso 421”, operativo formado “por dos agentes de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR)” que primero preguntaron al querellado y al otro testigo de los hechos y luego procedieron a leer los derechos a la detenida para conducirla a continuación a dependencias policiales. Pero claro, como muy bien recalca la Audiencia, “no todos los días se detiene a la mujer de un general, pero sí con mucha frecuencia a otros conductores como presuntos autores de un delito contra la seguridad vial sin que exista la mínima sospecha de actuación policial desproporcionada y menos constitutiva de delito”. Pero hay más, no se vayan.