Las amenazas de las últimas semanas se cumplieron, pero Canarias ha ganado parte del pulso. El Consejo de Ministros decidió, en su sesión ordinaria de este viernes, llevar al Tribunal Constitucional la Ley Turística Canaria pero sin solicitar la suspensión de la misma. Según ha podido saber Canarias Ahora, en el orden del día, el asunto a tratar incluía recurso y suspensión de la ley pero la decisión es la de elevar el texto al máximo tribunal sin obligar al Gobierno de Canarias a suspenderlo. “
Según fuentes consultadas por esta edición, esta decisión del Gabinete de Rajoy es inusual ya que lo normal es que “entre como recurso y suspensión y salga de la misma manera, no sólo recurso”. Las mismas fuentes recuerdan que Paulino Rivero, presidente del Gobierno de Canarias, solicitó en dos ocasiones a Mariano Rajoy la no suspensión de la nueva normativa turística canaria. La primera fue el pasado 8 de enero durante la reunión que mantuvieron los mandatarios nacional y autonómico en La Moncloa y, una segunda vez, en una conversación telefónica que tuvo lugar el pasado 10 de febrero.
Según fuentes gubernativas canarias, uno de los temas centrales de dichas conversaciones fue la ley en cuestión: Rivero insistió en que aparejar la suspensión del texto al recurso causaría mucho daño al sector turístico canario. Según se desprende de la decisión del consejo ministerial, Rajoy le ha echado un cable a Rivero pese al recurso. El Consejo de Ministros ha acordado el recurso por considerar que infringe las normas nacionales y europeas sobre libertad de establecimiento al prohibir que se construyan nuevos hoteles a menos que sean de 5 estrellas.
Según la referencia del Consejo de Ministros, el Gobierno decide impugnar los apartados “a” y “c” del artículo 4.2 de la ley canaria -cuya constitucionalidad ya había sido puesta en duda por el Consejo de Estado-, porque entiende que fijan una serie de requisitos contrarios a la ley de 2009 que traspuso a la legislación española la Directiva Europea de Servicios de Servicios de Mercado Interior.
La norma canaria establece que por motivos de protección del medioambiente y de ordenación del territorio solo serán otorgadas autorizaciones previas para la nueva implantación de nuevos establecimientos de alojamiento en Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, cuando se trate de establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos con categoría de cinco estrellas o superior.
Sin embargo, se autoriza hoteles inferiores a cinco estrellas si son fruto de la rehabilitación de otro establecimiento ya existente. El Gobierno arguye que limitar la autorización de nuevas instalaciones hoteleras en Canarias únicamente a los hoteles y apartamentos de dicha categoría “es un requisito de naturaleza económica contrario a la Ley sobre el Libre Acceso a las actividades de servicios y su ejercicio”.
Añade que es una “legislación básica estatal dictada en transposición de la directiva de Servicios del Mercado Interior” que consagra “el principio de libertad de establecimiento en todo el territorio nacional”.
El Ejecutivo considera que cuando “la exigencia de una determinada categoría hotelera se evalúa en términos de oferta o demanda turísticas” -estrechamente ligados a pruebas económicas, matiza-, se limita “el acceso y ejercicio de actividades turísticas por criterios económicos”.
“Un requisito prohibido de acuerdo con el artículo 10.e) de la citada Ley sobre el Libre Acceso a las actividades de servicios y su ejercicio”, añade en la referencia.
El Gobierno canario dijo ayer que desconoce en qué consiste el recurso de inconstitucionalidad anunciado por el Ejecutivo contra la Ley de Renovación Turística de la comunidad autónoma y si se plantea la suspensión de la normativa vigente.
Indicó que, aunque se presente este recurso, no renunciará a que la rehabilitación turística sea el eje del desarrollo del modelo económico del Archipiélago.