MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz deberá decidir si acepta la inhibición planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre el 'caso Gürtel' para que finalmente se devuelva la causa al no haber ya entre los imputados aforados madrileños.
A partir del próximo viernes, Antonio Pedreira ya no podrá tomar ninguna decisión sobre la instrucción iniciada hace más de dos años al vencer el plazo de presentación de posibles recursos de queja ante el Tribunal Supremo, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
El recurso de queja es la última vía que tiene las partes personadas en la instrucción para que la cuestión de competencias se dirima en el Tribunal Supremo, instancia judicial competente para ello.
En el caso de que no haya recursos, la próxima semana se remitirá una notificación a Pablo Ruz para que se pronuncie sobre la inhibición acordada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJM.
Esto se produce después de que el pasado viernes la Sala de lo Civil y Penal del TSJM confirmara la devolución inmediata de la investigación del 'caso Gürtel' a la Audiencia Nacional tras perder la competencia el magistrado Antonio Pedreira de dirigir la instrucción al no haber aforados madrileños en el procedimiento penal.
En un auto fechado el pasado 20 de julio, al que tuvo acceso Europa Press, los magistrados estimaron el recurso de súplica interpuesto por la representación procesal de Francisco Correa contra el auto de 21 de junio de 2011 en el que se daba por preparado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo tras el auto de inhibición a la Audiencia Nacional.
El recurso impugnaba la decisión del TSJM de formalizar que el Tribunal Supremo debatiera la inhibición acordada por Antonio Pedreira en el 'caso Gürtel' en un intento de retrasar el proceso al ser la última vía de recurso posible ante el Alto Tribunal madrileño.
Así, los magistrados argumentaron que “la cuestión relativa a cual juzgado de instrucción debe ser el competente para continuar con la instrucción puede replantearse por las partes ante el juzgado receptor de las actuaciones”.
Añadieron que podrán ejecutarse “contra su decisión los recursos oportunos y permitiendo que, caso de surgir una controversia con otro juzgado de instrucción, se resuelva definitivamente la cuestión de competencia por el superior jerárquico común”.