El presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Rafael Medina Jáber, dijo este lunes que en las informaciones sobre que ha sido imputado por un juez por prevaricación cree que hay una confusión respecto a las funciones del organismo que preside. Rafael Medina Jáber manifestó que por lo que sabe un juez ha abierto diligencias previas para aclarar un informe que la Audiencia de Cuentas de Canarias realizó sobre el Ayuntamiento de Santa Brígida (Gran Canaria), una actuación, la judicial, que en su opinión es el normal funcionamiento.
De este modo, se refiere el presidente de la Audiencia de Cuentas a las informaciones periodísticas según las cuales un juez de Tenerife ha imputado a Rafael Medina Jáber por un supuesto delito de prevaricación porque no comunicó a la Fiscalía determinadas irregularidades en el Ayuntamiento de Santa Brígida. Ese informe lo emitió la Audiencia de Cuentas después que la oposición en el Ayuntamiento de Santa Brígida, CC y PSC-PSOE, denunciase supuestas irregularidades por parte del gobierno municipal, del PP.
Rafael Medina Jáber opinó este lunes que hay una confusión en cuanto a la función de la Audiencia de Cuentas, pues recordó que prevaricar es un concepto relacionado con el hecho de dictar resoluciones, mientras que este organismo control parlamentario hace informes. El presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias cree que el juez ha abierto diligencias para ver qué hay sobre lo denunciado, y añadió el órgano auditor ha remitido los papeles.
Insistió en que la Audiencia de Cuentas de Canarias hace informes de fiscalización que envía al Ayuntamiento, al Parlamento regional y al Tribunal de Cuentas. Comentó que al parecer fuera de la Audiencia de Cuentas hay puntos de vista diferentes sobre el informe de fiscalización emitido respecto al Ayuntamiento de Santa Brígida, de modo que opinan que debería enviarse a la Fiscalía.
Rafael Medina Jáber recordó que el procedimiento de la Audiencia de Cuentas es emitir un informe, al que se presentan alegaciones, y que su envío a la Fiscalía debe ser en situaciones “extremas”, que a su juicio no se cumplen en este caso del Ayuntamiento de Santa Brígida. La función de la Audiencia de Cuentas, insistió su presidente, no es enjuiciar, sino decir formalmente si se cumple la legalidad, pues se trata de un órgano que no tiene capacidad de control de los delitos sino establecer si se han cumplido las normas.
Además, prosiguió Rafael Medina Jáber, los informes de la Audiencia de Cuentas se remiten al Tribunal de Cuentas, que tiene un fiscal, el cual lo pasa a la Fiscalía General del Estado si cree que hay un delito.
Asunto delicado
Por su parte, el portavoz del Gobierno de Canarias, Miguel Becerra, pidió “por prudencia” esperar a conocer el contenido de la investigación judicial en relación con la Audiencia de Cuentas, ya que comentó que el Ejecutivo canario carece de información al respecto. El portavoz del Gobierno canario dijo que se trata de un asunto delicado del que el Ejecutivo autonómico no tiene información para poder pronunciarse, y agregó que no sabe el alcance de la decisión judicial.