El Tribunal Supremo (TS) ha anulado de forma definitiva la licencia concedida por la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias en el año 2008 para construir un edificio de seis viviendas en playa San Juan, en Guía de Isora que invadía la zona de servidumbre de Costas. El ejecutivo autónomo defendía que esta obra estaba amparada por el Plan General de Ordenación (PGO) y el Plan Insular de Turismo en cuanto que iba a permitir alinear la fachada marítima de este enclave.
Sin embargo, Costas recurrió desde un primer momento la licencia que fue anulada en principio por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y ahora por el Supremo. Desde 2007 el organismo estatal advirtió al Gobierno canario que la actuación incumplía la Ley de Costas en cuanto que en la zona de servidumbre están prohibidos “expresamente” los usos residenciales.
Sin embargo, el ejecutivo autónomo alegó que en la propia legislación se incluye algunas excepciones como es permitir edificios que sirvan para homogeneizar la fachada marítima, lo que según afirmaba se pretendía en este caso. El TSJC consideró que no se había justificado y razonado en ningún momento que esta edificación pudiera acogerse al carácter “excepcional” que recoge la Ley y que además el ejecutivo estaba intentando “pervertir” la aplicación de la normativa. El TSJC, por lo tanto, dictaminó que la resolución de Medio Ambiente no contenía ningún argumento sólido que avalara el carácter excepcional de esta obra que invadía, aunque sólo fuese una parte ínfima, la zona de servidumbre que en este tramo está fijada en 20 metros de anchura.
Además, el TSJC también indicaba que el argumento de que iba a servir para alinear la fachada marítima no tenía fundamento en cuanto que el inmueble se iba a situar en la parte trasera de la misma. Aunque el Supremo admite alguno de los argumentos del ejecutivo autónomo mantiene la anulación de la licencia que ya había sido determinada por el tribunal canario en el año 2010.
El proyecto tenía un presupuesto de casi medio millón de euros y se sitúa en otro de los enclaves más controvertidos de Tenerife por la aplicación de la Ley de Costas. Hay que recordar que en este mismo tramo se dio el caso de un vecino que vio como su vivienda era derribada pese a situarse a 16 metros de la línea del deslinde y sin embargo no recibió indemnización alguna por no tener inscrita la casa en el Registro de la Propiedad.