El Consejo de Gobierno del Cabildo de Tenerife, a propuesta de su presidente, Carlos Alonso (CC), nombró a dedo el pasado 21 de junio a siete directores insulares “provisionales”, según publicó el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado viernes. Tal y como informa Mírame TV, la decisión ha levantado malestar entre la Asociación por la Dirección Pública Profesional de Canarias (ADPC), que estudia recurrir las designaciones al considerar que incumplen con la Ley de Bases del Régimen Local y el Estatuto Básico del Empleado Público.
La polémica no es nueva. Los tribunales ya han dictado varias sentencias en las que ponen de manifiesto la obligación de nombrar los puestos directivos de las administraciones locales por medio de un procedimiento que garantice la publicidad y la concurrencia, tal y como establece la legislación estatal. La última, una resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, precisamente tras un recurso presentado por la ADPC, que ha tumbado la designación de la directora insular de Empleo del Cabildo, Susana Miras.
La contradicción jurídica se abre por la ambigüedad de la actual Ley de Cabildos sobre esta materia y, sobre todo, por el desarrollo de algunos reglamentos orgánicos de las corporaciones insulares, especialmente los de Tenerife y Gran Canaria, en los que se justifica el nombramiento libre de los cargos directivos por considerar que su naturaleza es política y no administrativa, en contra de lo establecido por la Ley de Bases del Régimen Local y el Estatuto Básico del Empleado Público.
Algunas sentencias ya han despejado este conflicto al concluir que “las funciones que desarrollan los directores insulares no pueden calificarse de políticas, sino de carácter técnico y que en la Ley de Cabildos no se conceptúan como altos cargos, a pesar de estar sujetos al régimen de incompatibilidades”, como se describe en un auto del Tribunal Supremo dictado el 11 de junio de 2018. El problema se produce porque, mientras no se recurran estos nombramientos, su designación está amparada en el actual Reglamento Orgánico del Cabildo.
“Por es vamos a plantear también la impugnación del reglamento, para cortar el problema desde la raíz”, explica el secretario de la ADPC, Claudio Alberto Rivero. La decisión de recurrir los nombramientos y la normativa interna en la que se ampara el Cabildo de Tenerife, salvo sorpresa, será aprobada en una junta que la asociación tiene previsto celebrar el lunes 22 de julio.
La Corporación insular designó la semana pasada un total de siete directores insulares. Aunque en el BOP se menciona su carácter provisional, desde la ADPC recuerdan que esta figura “no existe”, ya que “una vez que se publica su nombramiento, ocuparán el cargo hasta que sean destituidos”. Entre los agraciados se encuentran Miguel Becerra (Fomento), José Luis Rivero (Cultura) o Juan Carlos Pérez (Hacienda).
Desde la ADPC recuerdan que la fórmula empleada por el Cabildo de Tenerife supone depender directamente de la voluntad del partido que gobierne, “que termina por anteponer en la elección criterios de afinidad política y no solamente técnicos”. La legislación estatal es muy clara en este sentido. El EBEP, en su artículo 13, señala que la designación de cargos directivos “atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y que se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia”.
La Ley de Cabildos y reglamentos orgánicos como el de Tenerife realizan una pirueta jurídica para abrir una vía distinta a la establecida por las leyes estatales, a las que no deberían contradecir. Tras ser preguntados por esta cuestión, desde la Corporación insular insisten en que la normativa interna “establece una clara diferenciación entre los órganos superiores directivos y los directivos profesionales regulados por el EBEP”.
“Los titulares de los órganos directivos participan en la formación de la voluntad política de los órganos de gobierno y su gestión está sujeta al control político del Pleno y sus comisiones (...) ahí estriba la máxima diferencia respecto de otras corporaciones, que han optado por la figura de directivos profesionales”, explica el Cabildo de Tenerife en un escrito. Esta argumentación es la que permite que el Reglamento Orgánico apruebe su nombramiento de forma libre, por parte del Consejo de Gobierno, a propuesta del presidente insular.
La respuesta de la Corporación que preside Carlos Alonso no convence a la ADPC, donde recuerdan que basta con repasar las funciones asignadas a los directores insulares, que también se pueden consultar en el BOP, para apreciar “su carácter más técnico que político”. En la última sentencia sobre este conflicto, la que afecta a la directora de Empleo del Cabildo de Gran Canaria, el juez muestra su “extrañeza” por lo que considera un “empeño tenaz y resuelto de efectuar nombramientos relevantes al margen de los esenciales principios de transparencia y concurrencia competitiva”.
El presidente del Cabildo de Tenerife, Carlos Alonso, anunció este martes la firma de un nuevo pacto de gobierno en la Corporación insular entre Coalición Canaria y Partido Popular, por lo que no se descarta que en los próximos días puedan producirse nuevos nombramientos de directores insulares o la destitución de algunos de los actuales.