El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Fiscalía y el abogado de Francisco Almodóvar y declara por sobreseído provisionalmente la causa contra el presidente del PP majorero, al entender que si aparecen nuevas pruebas contra él se podría reactivar la causa.
En un primer momento, la decisión del TSJC archivaba por completo la causa, y al estimarse el recurso se pasa al sobreseimiento provisional, lo que reactivaría el caso si apareciesen indicios nuevos que demostrasen la posible comisión de un delito de cohecho (soborno) en Fuerteventura perpetrado supuestamente por González Arroyo e Ibiza Melián.
La magistrado Varona decidió el pasado 26 de marzo el archivo de la causa del supuesto intento de compra de voto registrado en unas grabaciones porque éstas fueron consideradas no válidas como prueba policial por no tener suficiente calidad para ser sometidas a las pruebas periciales.
La magistrada argumentó en su decisión que del examen conjunto de la totalidad de las diligencias de prueba practicadas, en la instrucción, “cabe concluir en la inexistencia de prueba de entidad suficiente que permita dictar otra resolución que no sea el archivo de las actuaciones”.
En su auto de este martes, firmado por el presidente del Tribunal, Antonio Castro, el TSJC da parcialmente la razón al recurso presentado el pasado 2 de abril por la Fiscalía del TSJC, donde se recordaba que en el texto por el que la magistrada archivaba la causa se admitía “la existencia de indicios de la posible comisión de un delito de cohecho, considerando como acreditados los siguientes: la existencia de una reunión en la sede del Partido Popular en Puerto del Rosario y en la casa de Domingo González Arroyo, con la presencia de este, Ibiza Melián y el señor Almodóvar”.
“En efecto, en la instrucción de las presentes diligencias existen elementos suficientes para considerar de forma razonada, la existencia de indicios racionales de criminalidad en los hechos denunciados por el Sr. Almodóvar, constitutivos de un delito de cohecho del que resultarían imputados: el Sr. González Arroyo y la señora Melián Reyes”, aseguraba el Fiscal en el recurso que hoy ha sido parcialmente aceptado.
En su auto de este martes, el TSJC dice que “no podemos compartir la apreciación del Ministerio Fiscal de que tales indicios (a los que han de añadirse otros en sentido contrario, expuestos en el Auto recurrido) basten por sí solos para decretar la continuación del procedimiento, de tal manera que sería el órgano del enjuiciamiento, a través de la correspondiente sentencia, el que habría de apreciar la concurrencia cierta del delito denunciado, pues en otro caso carecería de justificación la misma existencia de la institución del sobreseimiento en los casos en que la instrucción no quedara debida o suficientemente acreditada la perpetración del delito”.
El caso kilillo nació de la denuncia del concejal de Alternativa Popular Canaria en Fuerteventura, Francisco Almodóvar, que aportó unas grabaciones en las que una voz, atribuida supuestamente a Domingo González Arroyo, presidente del PP en la isla le ofrecía 20.000 euros, un inmueble en La Oliva y los materiales y maquinaria que Almodóvar pudiera necesitar si se quería hacer una casa, además de la entrega en el acto de “un kilillo para ir tirando”.