SEVILLA, 4 (EUROPA PRESS)
Los letrados de los imputados por la desaparición y el presunto asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo Casanueva la noche del 24 al 25 de enero del pasado año 2009 han expresado sus discrepancias tras la doctrina del Tribunal Supremo que extiende los delitos que son competencia del tribunal del jurado, advirtiendo alguno de estos abogados del riesgo de “nulidad” que podría conllevar celebrar la vista oral con un jurado sin tener en consideración el posicionamiento del Supremo, según las fuentes consultadas por Europa Press.
El alto tribunal ha establecido que corresponderán al jurado aquellas conductas cuyo objetivo principal sea la realización de un delito de los previstos en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ). El debate en el Supremo obedecía a la discrepancia a la hora de aplicar la LOTJ observada en diversas audiencias provinciales respecto del artículo 5.2 de esta norma --sobre la extensión de la competencia de estos órganos al enjuiciamiento de los delitos conexos--, al existir causas en las que al procesado se le atribuyen delitos como el de homicidio, que corresponden al jurado, y otros, como los abusos sexuales, que son competencia de tribunales ordinarios.
Según el artículo 1.2 de la LOTJ, corresponden al jurado los delitos de homicidio e infanticidio; infidelidad en la custodia de presos y en la custodia de documentos; cohecho y malversación de caudales públicos; fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios y tráfico de influencias; omisión del deber de socorro; allanamiento de morada; amenazas y delitos medioambientales.
Así, el letrado que representa a Francisco Javier Delgado, José Manuel Carrión, puso de manifiesto en declaraciones a Europa Press que, tras la nueva doctrina del TS sobre las competencias de un jurado popular, “queda contundentemente claro que el caso de Marta del Castillo está excluido de la competencia del tribunal del jurado”, añadiendo que el que tiene que decidir ahora sobre la conveniencia de continuar o no el procedimiento según la Ley del Jurado es el juez de Instrucción número 4, Francisco de Asís Molina.
En este sentido, Carrión señaló que el juez instructor deberá decidir sobre este particular en el momento procesal oportuno, en esta caso cuando se celebre la audiencia preliminar en la que los cuatro imputados mayores de edad conocerán los delitos que se le imputan, y aseveró que si finalmente el caso es enjuiciado por un jurado popular, “se corre el riesgo de que se recurra al Supremo y éste declare nulo el juicio”.
JUECES PROFESIONALES
Al hilo de ello, el abogado del hermano de Miguel Carcaño abogó por “no generar más trámites cuando éstos son innecesarios”, anunciando que, en su caso concreto, planteará en el escrito de defensa su posición al respecto tras la nueva doctrina del Tribunal Supremo, al objeto de que los imputados sean enjuiciados por jueces profesionales, ya que, insistió, “ha quedado contundentemente claro que el caso de Marta queda excluido de las competencias del jurado”.
Por su parte, el abogado de Samuel Benítez, Manuel Caballero, señaló a Europa Press que el planteamiento del Supremo es “erróneo”, ya que, a su juicio, “la pregunta debería ser cuál es el criterio a adoptar cuando no hay pruebas físicas de la existencia del delito de violación y la única evidencia que tienen son los múltiples cambios de versión de Miguel Carcaño ante el Juzgado”. Asimismo, la letrada de Miguel Carcaño se encuentra en estos momentos estudiando la nueva doctrina marcada por el Supremo.
La Fiscalía de Sevilla ha solicitado 52 años de prisión para Miguel Carcaño --un año y siete meses más que la acusación particular ejercida por la familia--, asesino confeso de la joven sevillana Marta del Castillo, por los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral, mientras que pide ocho años de cárcel para su hermano, Francisco Javier Delgado, y cinco para Samuel Benítez y María García.