La Consejería de Sanidad ha flexibilizado temporalmente los aforos interiores en establecimientos que realizan actividades de carácter esencial, como las farmacias, y que no tengan la consideración de grandes establecimientos comerciales, según una orden publicada este viernes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).
La orden establece que en los niveles 2 y 3 de alerta sanitaria se fija en un 75% el aforo máximo en espacios cerrados en los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, ha informado la Consejería en un comunicado.
La nueva medida tendrá efecto desde las 00:00 horas de este sábado 18 de diciembre hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2022, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica u otras circunstancias que lo justifiquen.
Los establecimientos deberán garantizar una adecuada ventilación y renovación del aire, se observarán escrupulosamente las medidas sobre el uso de mascarillas, mantenimiento de la distancia social y las medidas generales de higiene y para la prevención y control de la COVID-19.
Además, deberán respetar las específicas establecidas para los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales abiertos al público en el del Decreto ley 11/2021, que establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia en Canarias.