“Da igual lo preparada que estés, cuando huyes de tu país te sientes pequeña”

“La diferencia entre los inmigrantes y los solicitantes de asilo es que los últimos no estamos preparados ni económica ni psicológicamente para salir de nuestro país, lo hacemos por fuerza”. En esta afirmación coinciden varias personas que han solicitado protección internacional en España y que han residido en los dos centros de Gran Canaria dirigidos a atender a quienes por motivos de “raza, religión, opinión política, género u orientación sexual” se ven obligados a dejar atrás su casa, su vida y, en ocasiones, a su familia.

Alcanzar la protección solicitada no es fácil, pero para estos hombres, mujeres y también menores implica no ser devueltos al país del que huyen, ni expulsadas del país de asilo. En definitiva, tener un lugar en el que estar a salvo e intentar rehacer su vida poco a poco mediante el acceso a la educación, a la sanidad, a permisos para una vivienda permanente y para acceder a un trabajo. “Da igual la preparación o la formación que tengas, cuando tienes que salir de tu país sin nada te sientes chiquitita”, señala una joven venezolana.

Este 2019 se cumplen 25 años desde que el Archipiélago se convirtió en refugio. En 1994 se inauguró en Vecindario, Gran Canaria, el primer Centro de Migraciones (CEMI). Un espacio cedido por el Cabildo Insular, gestionado por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) y que ha ido creciendo con el tiempo. “Es un edificio preexistente a todos los que le rodean, primero tenía solo una planta y un equipo de servicios muy pequeño, ahora tenemos que cuadrar hasta los tiempos y los espacios por todos los que somos”, señala Fátima Melián, responsable del centro.

 

El éxito del servicio fue de tal magnitud que hace dos años se creó otro CEMI en San Antonio, en la capital grancanaria. “Durante los seis meses que los usuarios pasan en estos lugares, nuestro equipo les da atención psicosocial, sanitaria, les ofrece ropa y sobre todo pone en práctica dos verbos fundamentales: escuchar y estar”, señala Alicia López, encargada del CEMI de San Antonio. El objetivo es que en este período de tiempo accedan a las herramientas necesarias para que, una vez fuera, puedan alcanzar la plena autonomía.

En una situación diferente se encuentran los usuarios del plan de acogida humanitaria, que asiste a las personas migrantes en situación de vulnerabilidad, como aquellas que llegan por costas en cayuco o patera o que atraviesan la valla de Melilla. El responsable de esta área, Stephan Hussein, explica que a estas personas cuando llegan a tierra se les abre una orden de instrucción por haberlo hecho de forma irregular. Después se les envía al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), donde pasan tres meses.

Si en este período aún no se han formalizado los acuerdos necesarios para devolverlas a su país de origen, quedan fuera del CIE y pueden acogerse al Plan de Acogida Humanitaria, en el que Cruz Roja y CEAR cuentan con 46 plazas para ofrecer acompañamiento, techo y manutención por tres meses. “Su situación es más difícil y más incierta. Llegan con muchas ganas de trabajar, pero para conseguir empleo tienen que llevar tres años en España. ¿Cómo les digo yo que cuando pasen los tres meses no van a poder trabajar?”, lamenta Hussein.

El mito sobre quienes llegan por mar

El mito sobre quienes llegan por marEn estos 25 años, un total de 2.200 personas se han beneficiado de los CEMI en la Isla. El perfil de los usuarios ha ido cambiando con el paso del tiempo, ya que está sujeto a los conflictos que protagonicen el contexto internacional en cada momento. “Hace algunos años, en Canarias solicitaban el asilo más personas de otros lugares como Costa de Marfil o Liberia”, apunta Amanda Alonso, responsable de primera acogida en CEAR, un servicio que se encarga de asistir a los solicitantes en aeropuertos, puertos y puestos fronterizos, de la derivación y de dar la primera evaluación del caso, así como atender las necesidades básicas y urgentes.

En la actualidad, según los datos de CEAR de 2018, Venezuela es el país de origen de la mayor parte de los solicitantes de protección internacional en España (19.280), seguido por Colombia (8.650) y Siria (2.775). “Hay muchas personas de Venezuela en los CEMI. La situación que se está viviendo allí también tiene repercusión en la gente que está fuera”, apunta Alicia López. “Se hacen las tres y las cuatro de la mañana y no podemos pegar ojo, cada vez que suena el teléfono me sobresalto”, revela un usuario venezolano. De este modo, los datos desmienten las cifras alarmistas que dibujan una imagen invasora sobre las personas solicitantes de asilo que llegan al territorio español por mar de forma irregular. “El número de personas que llegan por costas es ridículo frente a las que vienen por aeropuerto”, sentencia Fátima Melián.

Idas y venidas de la Ley de Asilo

Idas y venidas de la Ley de AsiloDesde que en 1984 se formulara la primera ley estatal reguladora del derecho al asilo y la condición de refugiado, la norma ha sido modificada en tres ocasiones. La primera reforma coincide con la fecha de apertura del CEMI de Vecindario, 1994. Las principales novedades que introduce esta nueva regulación son la supresión de la distinción entre asilado y refugiado, que pasan a ser un mismo concepto, y la creación de una fase previa en el examen de las solicitudes de protección internacional, mediante la cual se pueden rechazar de forma rápida las peticiones “manifiestamente abusivas” o “infundadas”. Esta restricción responde a la Proposición no de Ley de 9 de abril de 1991 aprobada en el Congreso de los Diputados que determinaba que el sistema de protección a los refugiados políticos se había “desvirtuado” por el incremento de solicitudes que, “en su mayoría eran de inmigrantes económicos”.

En 2009, durante el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, la ley pasó a ser más inclusiva, ya que al perfil de quienes tradicionalmente podían solicitar protección internacional en España: “apátridas o personas que se encuentran fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un determinado grupo social”, se incluyó también a aquellas que huyen por razones de género u orientación sexual. Esta ampliación ha sido determinante para los habitantes de los 72 países que criminalizan al colectivo LGTB. Entre ellos, ocho con pena de muerte, 14 con cadena perpetua y 57 con hasta 14 años de prisión. Además, también pueden acogerse a esta ley quienes sean perseguidos por actos que han realizado una vez fuera de su país. A pesar de ello, no basta con cumplir estas características, sino que se debe probar que la solicitante es víctima de persecución.

Por otra parte, la restricción trasversal a toda la regulación del refugio estipula que “en ningún caso se otorgará asilo” a quienes hayan cometido delitos de guerra contra la paz y la humanidad y a quienes hayan actuado en contra de la seguridad española.

 

Récord de solicitudes y de rechazos

Récord de solicitudes y de rechazos Según los datos de CEAR sobre el asilo en 2018, Canarias es la quinta comunidad autónoma que registró más solicitudes de protección internacional: 2.079 de las 54.065 en toda España (un dato que supone el 0,1% de la población). Se trata del dato más alto desde 2005, donde se registraron 5.257 peticiones. Sin embargo, el año pasado un 76% de las resoluciones fueron desfavorables. Por tanto, solo se resolvió de forma favorable una de cada cuatro solicitudes, reconociendo la protección internacional a 2.895 y el estatuto de refugiado a 575.

La complejidad de los trámites y la lentitud de los procedimientos ha provocado que queden 78.710 expedientes por resolver, como consecuencia de la necesidad de “mayores medios materiales y humanos para garantizar el acceso al procedimiento y su resolución”, tal y como valoraron portavoces de CEAR. Otro obstáculo considerado por la ONG es la exigencia de visado de tránsito aeroportuario a las personas palestinas, lo que dificulta su llegada a las fronteras españolas para solicitar asilo, quedando avocadas en muchas ocasiones a intentar sobrevivir en el conflicto. Un requisito que también se ha extendido a Gambia y Camerún.

Conceptos para entender el asilo

  • Apátrida: Toda persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación
  • Estatuto de refugiado: Reforma de protección que puede ser reconocida a las personas que cumplen los requisitos para ser una persona refugiada, es decir, un temor fundado a ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.
  • Protección internacional: La protección internacional es un término que engloba tanto el estatuto de refugiado como la protección subsidiaria.
  • Protección subsidiaria: El derecho a la protección subsidiaria es el dispensado a las personas que, sin reunir los requisitos para ser reconocidas como refugiadas, se dan motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves como la muerte, tortura, amenazas contra la integridad, etc.
  • Solicitante de asilo: Los términos solicitante de asilo y refugiado son frecuentemente confundidos: “solicitante de asilo” es la persona que solicita el reconocimiento de la condición de refugiada y cuya solicitud todavía no ha sido resuelta de forma definitiva.