El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha concluido que el decreto por el que se convocaron oposiciones al Servicio Canario de Salud (SCS) y una OPE de estabilización en 2018 es “contrario a derecho”. La sentencia estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto al señalar que la disposición impugnada se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 31 diciembre 2018 (durante el mandato de Coalición Canaria), pero su entrada en vigor se produjo el 20 de enero de 2019. “¿Qué sentido tiene aprobar en 2019 una Oferta de Empleo Público cuyo propósito es anunciar las plazas que debieron proveerse en 2018?”, recoge la sentencia ratificada el pasado 22 de febrero.
La sentencia considera que “muy sombrías dudas se ciernen de manera inmediata en torno a la validez del decreto recurrido” y añade que, “dado que es ontológicamente imposible que el decreto recurrido cumpla las previsiones estipuladas para 2018 por la Ley de 27 de diciembre de 2017, es manifiesta además de la inutilidad intrínseca del decreto, la nulidad del mismo, tanto por el motivo que citan los demandantes, como porque, sea cual fuere el caso, tal consecuencia jurídica es la legalmente anulada a la invalidez de una disposición general”.
Varios sindicatos han anunciado que ya han solicitado una reunión con responsables del Servicio Canario de la Salud, con carácter de urgencia de la Mesa Sectorial de Sanidad para tratar este asunto. Desde CCOO explican a este medio que se encuentran estudiando las vías para impugnar esta sentencia ya que subrayan que existen tres años para llevar a cabo el proceso de oposición desde que se publica el decreto. También recuerda que se trataba de 5.513 plazas de todas las categorías profesionales del Servicio Canario de la Salud.
Tres de los exámenes, ya realizados
Tres de las especialidades convocadas en el decreto ya han realizado los exámenes: son las matronas, fisioterapia o enfermería. En estas últimas, con 1.095 plazas ofertadas, cabe recordar que se produjo polémica ya que solo tres aspirantes completaron el examen sin un solo fallo. Se trataba de la hija del presidente del Cabildo de La Gomera, su amiga íntima y la pareja de esta.
Aún quedaban por celebrarse las pruebas de facultativos especialistas, personal técnico, celadores, auxiliares, entre tantas otras hasta llegar a 5.513 plazas ofertadas.
En la sentencia también se concluye que las costas serán impuestas a la administración demandada (la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad) y que, “al notificarse a las partes la presente sentencia, se les hará expresa indicación de qué recurso cabe contra la misma”.
En el decreto de diciembre de 2018 que ahora se declara nulo se recogía que contra el mismo, cabía interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses. Los demandantes iniciaron este recurso en febrero de 2019 y ahora el TSJC lo estima.