El Supremo declara que una mujer catalana con invalidez puede trabajar y cobrar la pensión

BARCELONA, 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo declaró en una sentencia “excepcional” que una mujer tetrapléjica con gran invalidez tiene derecho a cobrar un sueldo sin perder, a la vez, su pensión. Los abogados del Colectivo Ronda consiguieron ganar el recurso para C.C.S., una mujer de 31 años de Catalunya, que obtuvo la invalidez por un accidente laboral en 2004, y dos años más tarde empezó a prestar sus servicios como trabajadora social en el Instituto Guttmann de Barcelona.

Su trabajo actualmente consiste en proporcionar información, orientación y asesoramiento sobre los recursos y prestaciones sociales a las personas hospitalizadas en la Institución --especializada en parálisis y tetraplejias--, así como la valoración y tramitación de los expedientes.

Sus abogados informaron al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social que su cliente prestaría estos servicios en el Instituto Guttmann, y recibieron como respuesta que C.C.S. quedaba suspendida temporalmente de su pensión, mientras trabajara, sin necesidad de revisar el grado de incapacidad.

El Colectivo Ronda presentó recursos ante tal decisión, considerando que las lesiones de su cliente no le impiden efectuar su trabajo actual en el Instituto Guttmann, y la Sala Social del Tribunal Supremo les dio la razón en una sentencia “que sienta jurisprudencia”, según los abogados, donde declaró compatible ser trabajadora social en la Fundación Guttman y cobrar la pensión íntegra por invalidez de 567 euros mensuales.