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El Parlamento de Canarias y los cabildos insulares

Francisco Socorro

El pasado día 12 de diciembre, se celebró en el Parlamento de Canarias una sesión de la Comisión General de Cabildos Insulares, que, según se ha hecho eco la prensa y se ha podido comprobar visionando el vídeo que se exhibe en la web del Parlamento, resultó poco edificante, además de poner de manifiesto el creciente sentimiento de desconfianza de la ciudadanía y de descrédito de los políticos que están al frente de las instituciones.

Según se establecía en el correspondiente orden del día, los señores presidentes de los cabildos insulares estaban convocados para debatir sobre el coste de los servicios transferidos desde la Administración autonómica. Sin embargo, desatendiendo las llamadas al orden de la señora presidenta del Parlamento, hacían uso de su turno de palabra para reclamar que los recursos del Fdcan se repartieran según los criterios inicialmente propuestos por el Gobierno de Canarias y no por los establecidos la semana pasada mediante una enmienda parlamentaria. Se ponía así en tela de juicio la facultad del Parlamento para legislar sobre el asunto, dando a entender que en materia de cabildos el Parlamento no puede legislar libremente.

Por más que la señora presidenta del Parlamento invitaba a los señores presidentes de los cabildos a respetar, en el uso de sus turnos de palabra, el orden del día establecido, estos no lo hacían. Varios diputados hicieron uso de la palabra para afear la conducta de los señores presidentes de los cabildos, señalando que no podían ignorar que la soberanía popular de los canarios reside en el Parlamento y, como consecuencia, los diputados pueden y deben legislar con total libertad, dentro, lógicamente, del respeto a la Constitución y al Estatuto de Autonomía.

Tradicionalmente, en Canarias, la institución de los cabildos insulares ha sido muy valorada por el pueblo canario. Ello propició, en los tiempos del nacimiento de la Autonomía, que se fuera muy cuidadoso con no herir ni menoscabar el papel de estas instituciones, hasta tal punto que, en aquella época, incluso hoy, hay personas que lo defienden. Entonces, se llegó a proponer que no existieran ni Parlamento ni Gobierno de Canarias, sino una confederación de los siete cabildos insulares que desempeñaría las funciones del Gobierno de Canarias.

Hoy en día, aquel exquisito trato de los asuntos que puedan afectar a los cabildos insulares ha degenerado en un excesivo cuidado, incluso miedo, de la clase política a alterar el marco institucional, competencial, presupuestario y financiero de esas instituciones.

Una de las mayores expresiones del aludido miedo de la clase política en este asunto es el modo en el que se trata el reparto de los fondos del llamado Fdcan. Como es sabido, este Fdcan está financiado con los recursos adicionales que ha obtenido el Gobierno de Canarias por la decisión de la Administración del Estado de renunciar a la compensación del extinto Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas (IGTE).

Para comprender mejor este asunto, debe hacerse un poco de historia. A raíz de la aprobación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), se extingue el IGTE (cuya recaudación estaba atribuida al Estado) y entra en vigor, entre otros impuestos, el IGIC (de cuyo rendimiento no se beneficia el Estado). Como consecuencia, el Gobierno de la nación exige que se le compense por el importe anual de recaudación del IGTE que deja de ingresar en Canarias. Esta compensación se materializa, desde aquellos años, mediante un descuento en los pagos que la Administración del Estado realiza, periódicamente, en concepto de transferencia por la participación de las comunidades autónomas en la recaudación estatal de los tributos no cedidos.

Esos descuentos fueron soportados, durante todos estos años y en exclusiva, por las arcas de la Comunidad Autónoma. Nunca se repercutió este descuento en la distribución de la recaudación de los recursos del REF entre los cabildos insulares.

Esto quiere decir que, cuando la compensación del IGTE era una carga económica para Canarias, los cabildos insulares no le otorgaban la consideración de recursos del REF (el fuero lo denomina algún presidente de Cabildo), pero ahora que ya no hay que compensar al Estado y se obtienen unos recursos adicionales (se estiman en unos 160 millones de euros anuales) defienden enérgicamente que esos fondos deben repartirse con los criterios del REF, esto es, el 58% para las corporaciones locales canarias (cabildos y ayuntamientos) y el 42% para la Administración autonómica.

Ya está bien de tanta generosidad con los cabildos. Siendo estas instituciones de mucho arraigo e importancia para los canarios, no es menos cierto que los servicios básicos para la ciudadanía (sanidad, educación, dependencia, administración de justicia...) son prestados y costeados por el Gobierno de Canarias.

La financiación de estos servicios públicos es claramente insuficiente y, por lo tanto, la totalidad de los recursos adicionales derivados de la extinción de la compensación por el IGTE debería asignársele a la Administración autonómica.

Francisco Socorro Alemán

Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Financieros y Tributarios de la Comunidad Autónoma de Canarias

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