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El precio del agua

Recientemente el Tribunal de Cuentas ha emitido un informe de fiscalización del servicio de producción y distribución de agua potable en Tenerife durante el periodo 2007-2011. A este informe le precedió otro también elaborado por este mismo Tribunal, concretamente en noviembre del 2013, en el que se recogía que el precio de los 100 m3 de agua en Canarias superaba, en más del doble, la media del conjunto de los ayuntamientos de todo el Estado.

Partiendo de esta desigualdad “específica” canaria que recae sobre un elemento de primera necesidad, este órgano fiscalizador se cuestiona la actuación de nuestro Gobierno autonómico y, en nuestra isla, del Consejo insular de Aguas. El Tribunal de Cuentas les recuerda a los responsables políticos de estas instituciones que el establecimiento de criterios para la fijación de precios en materia de agua en Canarias corresponde por ley a la Comunidad Autónoma y que una vez definidos esos criterios, son los Consejos Insulares de Aguas los que pueden determinar precios máximos o de vigilancia especial para las transacciones y transporte de agua en las Islas, previa autorización del ejecutivo canario. El Tribunal de Cuentas advierte que es necesario aplicar estos mecanismos legales para eliminar situaciones oligopolísticas, recordando que nuestro ordenamiento jurídico ofrece alternativas, a través de la iniciativa pública, cuando se produzcan estas situaciones de oligopolio en los mercados de aguas.

Las conclusiones que arroja el informe de este órgano fiscalizador nos permite afirmar, por tanto, que el incumplimiento de nuestro sistema legal está generando una profunda desigualdad entre los canarios y el resto de los ciudadanos del Estado. Hasta tal punto el Gobierno canario ha mostrado una total indolencia en este asunto que, en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, se ha llegado a exceptuar expresamente, entre sus competencias, “la fijación de los precios máximos o de vigilancia especial para las transacciones de agua que se celebraran en cada isla y para su transporte”, o sea la consejería competente, para no enfrentarse al oligopolio de los aguatenientes, se declara incompetente. Algo parecido puede predicarse de la desatención llevada a cabo por el Consejo Insular de Aguas y de la que es una buena carta de presentación el recientemente aprobado Plan Hidrológico de Tenerife.

El resultado de la irresponsabilidad de nuestras instituciones canarias supone que finalmente “el precio del agua en alta en Tenerife se determina en el mercado existente en la Isla, abonándose por las adquisiciones de agua las cuantías definidas en función de la oferta y la demanda en cada momento”.

Por último, este informe de fiscalización también denuncia que se produce una falta de control entre el agua adquirida y el agua facturada, lo “que no favorece la disminución del elevado porcentaje de pérdidas de agua sufridas” uno de los problemas ambientales más importantes de nuestra isla y que, por lo que denuncia el Tribunal de Cuentas, tampoco parece importarle en exceso a las instituciones canarias.

Recientemente el Tribunal de Cuentas ha emitido un informe de fiscalización del servicio de producción y distribución de agua potable en Tenerife durante el periodo 2007-2011. A este informe le precedió otro también elaborado por este mismo Tribunal, concretamente en noviembre del 2013, en el que se recogía que el precio de los 100 m3 de agua en Canarias superaba, en más del doble, la media del conjunto de los ayuntamientos de todo el Estado.

Partiendo de esta desigualdad “específica” canaria que recae sobre un elemento de primera necesidad, este órgano fiscalizador se cuestiona la actuación de nuestro Gobierno autonómico y, en nuestra isla, del Consejo insular de Aguas. El Tribunal de Cuentas les recuerda a los responsables políticos de estas instituciones que el establecimiento de criterios para la fijación de precios en materia de agua en Canarias corresponde por ley a la Comunidad Autónoma y que una vez definidos esos criterios, son los Consejos Insulares de Aguas los que pueden determinar precios máximos o de vigilancia especial para las transacciones y transporte de agua en las Islas, previa autorización del ejecutivo canario. El Tribunal de Cuentas advierte que es necesario aplicar estos mecanismos legales para eliminar situaciones oligopolísticas, recordando que nuestro ordenamiento jurídico ofrece alternativas, a través de la iniciativa pública, cuando se produzcan estas situaciones de oligopolio en los mercados de aguas.