Es secretario técnico de apoyo a la junta de gobierno, ejerce funciones de fedatario público y lo hace desde Valencia o allí donde se encuentre 15 de los 30 días naturales del mes. Aunque su trabajo esté a 2.000 kilómetros al otro lado del mar, en el ayuntamiento tinerfeño de La Laguna. Y es un caso muy particular en España: al menos ninguna de las fuentes consultadas sabe de otro secretario municipal que pueda dar fe pública sin estar presente físicamente en el acto administrativo.
Se trata de Víctor Lorenzo Almonacid Lamelas, contratado por el anterior gobierno municipal de Coalición Canaria presidido por José Alberto Díaz. El funcionario con habilitación de carácter nacional está especializado en administración electrónica y explica a este diario que la “telepresencia” no le impide ejercer sus funciones de dar fe pública de los expedientes de la junta de gobierno local. Pero desde la Junta de Personal del ayuntamiento tinerfeño lo dudan y ya han pedido su destitución. Y el alcalde, Luis Yeray Gutiérrez (PSOE), está a la espera de informes sobre el caso.
Pero el lío ya se ha montado en el ayuntamiento que hasta el otro día estuvo bajo el control absoluto de Coalición Canaria, desde 1993. El tripartito de izquierdas que han firmado PSOE, la confluencia Unidas Se Puede y Avante La Laguna tiene desde el mes pasado un escrito de la Junta de Personal denunciando que el acuerdo de la junta de gobierno local anterior de CC, de 8 de marzo, que permitió la modalidad del “teletrabajo” al nuevo secretario técnico, vulneró toda normativa aplicable.
Los representantes de los trabajadores han pedido al nuevo gobierno suspender ese acuerdo. Los argumentos, más allá del cuestionamiento de si un funcionario se puede acoger al régimen de teletrabajo para dar fe pública, se centran en la nulidad del expediente que culminó con el fichaje de Víctor Almonacid por parte de José Alberto Díaz. La Corporación no convocó a la mesa negociadora para modificar esa condición laboral relativa al horario y jornada del secretario, no han sido oídos los sindicatos en ese procedimiento ni tampoco se ha negociado un reglamento.
Es más, las fuentes municipales consultadas señalan que el secretario técnico no se abstuvo en la tramitación de su propio expediente; la Corporación no solicitó al área de Recursos Humanos un informe jurídico con propuesta de resolución ni ese mismo expediente fue fiscalizado por Intervención, y que, fundamentalmente, “no existen estudios previos de las condiciones para el desempeño, lo que ha habido es un acto de reconocimiento a un trabajador concreto no se sabe por qué interés”.
“Lo que no es admisible es que se establezcan unas condiciones a la carta para un trabajador en particular que tiene unas funciones de las cuales dudamos si podrían o no encajar bajo este sistema [de teletrabajo], al no existir un reglamento que lo regule, y tampoco es de recibo que el resto de trabajadores […] estén excluidos porque no haya un reglamento válidamente negociado que les permita hacer uso del mismo derecho”, señala la Junta de Personal en su escrito al alcalde.
La presidenta de la Junta de Personal, Amparo Pérez, ha pedido al alcalde lagunero copia completa del expediente que dio lugar al acuerdo, así como los informes de los servicios de Recursos Humanos y de la Asesoría Jurídica sobre la legalidad del procedimiento, con el fin de poner en marcha acciones administrativas y judiciales. Si es que existen tales informes que otras fuentes internas cuestionan.
“Expedientes telemáticos”
Almonacid Lamelas, por su parte, defiende la legalidad de su nombramiento, y en el caso más controvertido de su condición de fedatario público a distancia explica que no es correcto “identificar la fe pública con la presencialidad escrita, ya que la fe pública es un acto formal de fehaciencia que en la actualidad se identifica con la firma electrónica. Como bien es sabido, la firma electrónica es siempre telemática. De hecho es la única firma válida hoy para los funcionarios”.
El secretario técnico de apoyo a la junta de gobierno local no comparte que dar fe pública deba hacerse in situ, ya sea en el trámite de un expediente o en la toma de posesión de un funcionario: “Eso denota desconocimiento del procedimiento administrativo moderno”, dice a este diario Almonacid Lamelas. “El expediente es electrónico: ¿qué es lo que se supone que no puedo consultar? Quizás se basa más en el modelo notarial de firmas ”ante mí“… Sostiene, además, que su caso no tenía por qué haberse negociado con los sindicatos, porque según el Estatuto Básico del Empelado Público, los cargos directivos como el suyo quedarían exentos.
Sin embargo, en este caso el secretario técnico alude a una parte de esa Ley sobre el empleado público que se ciñe a sus retribuciones en su artículo 37.2c), mientras que en esa misma norma se señala en el 37.1m) que el horario laboral, vacaciones y demás sí deben ser objeto de negociación con los representantes sindicales. Su salario en La Laguna asciende a 69.000 euros, más otros 13.000 de complementos, aunque el secretario mantiene que “procedo de un puesto de trabajo situado muy cerca de mi casa [Ayuntamiento de Alzira, con tres veces menos habitantes que La Laguna y sin la condición administrativa de consistorio de gran población] y mucho mejor retribuido en términos relativos” para justificar la fórmula elegida.
Otra de las prerrogativas que concedió el anterior alcalde, José Alberto Díaz, a su nuevo secretario técnico fue que este pudiera participar en congresos, jornadas y ponencias de las “distintas comisiones y foros de los que forma parte, tanto a nivel nacional como internacional”, como recoge el expediente relativo a la propuesta de asignación de funciones al funcionario. Y todo por el encargo encomendado por la junta de gobierno local: “Impulsar, coordinar e implantar la puesta en marcha del procedimiento electrónico” en el sector público, “así como modernizar y mejorar los procesos administrativos de cara a la mejora de su eficacia y eficiencia”.
Así, el funcionario argumenta que no disfruta “de ningún tipo de permiso, licencia, asistencia a cursos o días de asuntos propios” durante los días de trabajo de forma presencial, y por tanto concentra esas prerrogativas en los 15 días permitidos para teletrabajar. Por lo que comparte de algún modo su telepresencia como secretario al mismo tiempo que participa en esos foros y congresos de las organizaciones profesionales de las que es miembro. Y por eso, según sus cálculos el cómputo de días presenciales trabajados viene a ser similar al del resto de la plantilla.
El secretario defiende su derecho al teletrabajo por esas encomiendas del proyecto de implantación de la administración electrónica y su situación laboral en comisión de servicios durante un año, hasta el 29 de febrero de 2020. “Precisamente por ese motivo se considera que el puesto de trabajo en cuestión, máxime por su vinculación a la consecución de un proyecto, encaja mejor con el teletrabajo que con el presencialismo, y que en el peor de los casos dicho presencialismo no aporta nada ni garantiza una mejor consecución del objetivo”.
La polémica sobre este derecho exclusivo del secretario a trabajar a distancia está servida. Los sindicatos piden la revocación de ese acuerdo, mientras el afectado sostiene haber “sugerido a los sindicatos” permitir este “proyecto piloto” en beneficio de todos los empleados, aunque de momento el único beneficiado sea él. Incluso en sus respuestas a este diario ironiza: “En efecto, parece que después de 5 meses desde mi nombramiento, el 1 de marzo, ahora comienza a haber algún tipo de escrito por parte de la Junta de Personal para que se regule la cuestión y puedan disfrutar del teletrabajo otros compañeros (yo no diría tanto como quejas)”.
¿Un contacto técnico o político?
Almonacid tiene un reconocido prestigio en el ámbito de la administración electrónica y es miembro del equipo técnico de la Comisión de Modernización, Participación Ciudadana y Calidad de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Es vocal de Udite, la federación europea de jefes ejecutivos de gobiernos locales, miembro de la Red Española de Ciudades Inteligentes (RECI) y secretario general del ayuntamiento valenciano de Alzira, entre otros cargos. En 2017 hizo un trabajo similar al de La Laguna en el Consell de Ibiza.
El funcionario niega tener ningún tipo de vinculación personal o profesional con el anterior alcalde de Coalición Canaria, a pesar de que en internet hay evidencias de que se conocen al menos desde 2015. “Contactaron conmigo técnicos, no políticos. Yo no les conocía con anterioridad”, dice. Y admite que de ese interés de La Laguna por sus conocimientos y prestigio y su imposibilidad de establecerse en la isla por razones familiares y personales acordaron la fórmula del teletrabajo y la comisión de servicios. “Evidentemente llega un momento en el que tengo que hablar todo con el alcalde”, dice sobre esa negociación que data a principios de este año. Si bien ya en octubre de 2015 el alcalde saliente lo felicitaba en twitter por unas jornadas.
Y además, comenta que con el cambio de gobierno, el nuevo alcalde “estuvo de acuerdo en mantener las condiciones entendiendo muy rápidamente que de lo que estamos hablando es del cumplimiento de objetivos, no de calentar la silla”. Otras fuentes consultadas explican que el cabreo del alcalde socialista nada más tomar posesión y comprobar que el secretario no estaba en el ayuntamiento ese primer día de nuevo gobierno municipal fue monumental.
“Ni una cosa [haber dado el visto bueno al teletrabajo] ni la otra [considerar que el secretario había dejado tirado en su primer día]”, dice Luis Yeray Gutiérrez a esta redacción. “Solicité el primer día el estado en que se encontraba el contrato de Víctor con el ayuntamiento. Pero este señor ya lleva tres meses en el ayuntamiento desempeñando su trabajo”. El alcalde, como la concejal de Recursos Humanos de su mismo partido; Margarita Pena, está a la espera de esos informes técnicos.
Y mientras la Junta de Personal tiene ya enfilado al secretario a distancia, este da un aviso a navegantes: “La naturaleza del teletrabajo, además de una modalidad de desempeño laboral, tiene también la categoría de derecho del trabajador, muy relacionado con el derecho de amplia cobertura en el ordenamiento jurídico de conciliación de la vida laboral y personal. Es por ello que la suspensión del acuerdo conllevaría los efectos inmediatos de la revocación de un derecho a un trabajador”.
Y añade: “La adopción de dicha medida únicamente tendría como perjudicado al trabajador, y como beneficiario a nadie en realidad”. En lo que los servicios jurídicos del Consistorio se lo piensan e informan al alcalde y su concejala…
NOTA DE LA REDACCIÓN: El Ayuntamiento de Alzira, a través de su concejal de Comunicación, Xavier Pérez, informa que su secretario general, Victor Almonacid, no ejerce tales funciones en ese consistorio desde el 1 de marzo de este año, al encontrarse en comisión de servicios de un año en el Ayuntamiento de La Laguna como secretario técnico. Alzira cuenta con un secretario general en funciones hasta el regreso de Víctor Almonacid, que es titular de esa plaza, al término de esa comisión de servicios “y no cobra dos sueldos”, indica el concejal Xavier Pérez.