Sanidad prolonga el semáforo rojo en Tenerife dos semanas más

Tenerife Ahora

6 de noviembre de 2020 12:38 h

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La elevada incidencia acumulada (número de casos de los últimos siete o 14 días por cada 100.000 habitantes) lleva al Gobierno regional a mantener las restricciones en la isla de Tenerife hasta el próximo 20 de noviembre. Tenerife es la única del Archipiélago que continúa bajo el semáforo rojo, debido a su alta concentración de casos en los últimos siete y 14 días, con una IA de de 60,03 y 115,6, respectivamente.

De esta manera, la isla se coloca por encima de la media de incidencia acumulada de Canarias , que se sitúa en 37,52 en los últimos siete días y de 72,35 en las últimas dos semanas. Este dato es mucho mayor que en otras islas vecinas, como en el caso de Gran Canaria, que registra una incidencia acumulada de siete días de 21,38 casos por 100.000 habitantes y de 41,94 atendiendo a los últimos 14 días.

El semáforo rojo supone medidas extraordinarias para tratar de doblegar la curva del COVID-19. Así, desde el mes de agosto no para de crecer este dato, que permanece a la alza hasta este viernes 6 de noviembre.

Medidas correspondientes al semáforo rojo

En las islas con un nivel alto de transmisión se adoptarán las siguientes medidas:

  1. No se permitirán ni se autorizarán los eventos ni actos multitudinarios en los que participen más de 10 personas.
  2. No obstante lo anterior, se podrán autorizar, sin perjuicio de las modificaciones que proceda realizar en función de las circunstancias epidemiológicas, aquellos eventos en los que concurran todas y cada una las siguientes circunstancias:
  3. El tamaño del recinto, instalación o recorrido del evento permite que los asistentes mantengan en todo momento la distancia de seguridad de manera efectiva y pueda ser supervisado por la persona responsable en todo momento.
  4. Las personas asistentes permanecen durante todo el evento o acto sentados en asientos preasignados.
  5. Las personas asistentes no realizan durante el acto o evento actividades de alto riesgo (cantar o gritar, fumar, contacto físico entre no convivientes, compartir materiales).
  6. No se permite el consumo de bebidas alcohólicas.
  7. La actividad cultural ordinaria programada de carácter público definida en el último párrafo del apartado 2.1.11 (ver acuerdo al final de esta página), que se celebre conforme a la autorización única señalada en el mismo, se podrá mantener sin perjuicio de las modificaciones que proceda realizar en función de las circunstancias epidemiológicas.
  8. La actividad deportiva federada se podrá celebrar siempre que se haga sin público.
  9. La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, podrá reducir los aforos permitidos para las diferentes actividades reguladas en el presente Acuerdo en función de la situación epidemiológica.
  10. En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, se establece un horario de cierre a las 00:00 h como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 23:00 h.
  11. Se cerrarán al uso los centros de días no ocupacionales. No obstante, se posibilita la apertura y funcionamiento de los centros de atención diurna que no sean exclusivamente de personas mayores, siempre y cuando dispongan de un Plan de Prevención de Contagios frente al COVID-19, debiendo remitir dichos planes a la Dirección General de Salud Pública en el momento de su apertura.

Las medidas de intervención especificas señaladas en los apartados a) a f) anteriores permanecerán vigentes durante los 14 días siguientes al momento en que se publique la última evaluación semanal en la que la isla se encuentre calificada como de nivel alto de transmisión, conforme a lo señalado en los párrafos anteriores.