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La Audiencia ordena interrogar al antiguo y al actual propietario de la empresa del caso Grúas

Grúa de la concesionaria en San Cristóbal de La Laguna.

Tenerife Ahora

Santa Cruz de Tenerife —

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado interrogar al antiguo propietario de Autogrúas Poli, José Padilla González, así como al actual propietario de la empresa José Luis Tacoronte Moreno, tal y como había solicitado la Fiscalía Anticorrupción. En un auto conocido este lunes, estima que estas declaraciones son útiles para determinar si las resoluciones administrativas en las que han participado los investigados en el caso Grúas son contrarias a derecho o se ajustan a la ley.

Además, en otro auto, la Audiencia desestima un recurso del exalcalde de La Laguna, José Aberto Díaz (Coalición Canaria), que planteaba una supuesta instrucción de la Fiscalía General del Estado al fiscal jefe de Canarias para que se demoraran informes de la causa y que así se aprobara el nuevo Estatuto de Autonomía, que suprimía los aforamientos.

“Debemos recordar que el recurrente era alcalde a la fecha de la instrucción y, por consiguiente, no disfrutaba de aforamiento alguno”, recoge el auto. Así mismo, señala que el hipotético informe que se pretende añadir a la causa estaría obsoleto al no responder a la nueva línea de investigación marcada por la Fiscalía Anticorrupción.

En este caso se encuentra investigado el actual presidente de Canarias, Fernando Clavijo, y también José Alberto Díaz, ambos de Coalición Canaria. Los denunciantes observan indicios de prevaricación, malversación de fondos y tráfico de influencias. Concretamente, se examina si fueron conformes a la ley las decisiones que el entonces alcalde de La Laguna tomó para permitir que el Consistorio concediera un préstamo a la empresa que gestionaba el servicio de grúas municipales, Autogrúas Poli y le prorrogara este servicio. También se investiga si hubo un posible tráfico de influencias al colocar al frente de la compañía a amigos o conocidos del presidente en funciones.

El Ministerio Fiscal había presentado un recurso al considerar que no se habían practicado las diligencias necesarias durante la instrucción para dilucidar los hechos denunciados. Por su parte, la defensa de Fernando Clavijo había solicitado la inadmisión de este recurso, alegando que las diligencias interesadas son “irrelevantes, innecesarias e inútiles” y que lo único que parecían querer era “mantener viva” una imputación “injusta”.

La Audiencia respalda los argumentos de la Fiscalía y estima que debe tomarse declaración a estos testigos para determinar si las acciones denunciadas constituyen una sustracción de los caudales públicos o permitió que otros se beneficiaran. También son importantes estos testimonios para determinar si el investigado ha influido en otro prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero.

“Ante la parquedad e insuficiencia de la motivación desestimatoria”, el auto ordena que se puedan realizar estas pruebas testificales.

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