La Audiencia Nacional rechaza parar la causa por el barco que arribó a Tenerife con 1,7 toneladas de cocaína

Liberados ocho rehenes de un narcosecuestro en pleno océano Atlántico e intervenidos 2.300 kilos de cocaína

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por los nueve tripulantes de la embarcación Paradise Sea, que arribó en febrero al puerto de Santa Cruz de Tenerife con 1,7 toneladas de cocaína, para que se paralice el proceso por tráfico de drogas, asesinato y piratería.

En aquellas fechas la policía tuvo que intervenir para negociar con un supuesto secuestrador de la nave, que había disparado a otro de los tripulantes y tirado su cadáver al mar. Una vez que consiguieron traer la embarcación al puerto de Santa Cruz de Tenerife se encontraron 57 fardos de cocaína con una pureza del 82,36%.

Las defensas de los ocho procesados, por un lado y del acusado de asesinato por otro, piden conocer la totalidad de las diligencias iniciales al considerar que pueden alterar la participación de los acusados e incluso llevar al sobreseimiento de la causa o apreciación de atenuantes.

Hay dudas entre las defensas sobre el desvío de la trayectoria del barco y se quejan de que no conocen el contenido de las comunicaciones de los dispositivos móviles incautados.

También critican que el puente de mando no hubiera sido examinado y decomisado.

La Audiencia reitera que en los cargos presentados existe el subtipo agravado de extraordinaria gravedad por la cantidad de droga intervenida, uso de intervención de embarcación en el seno de una organización de narcotráfico, posible pertenencia a organización criminal, de piratería y asesinato.

Los abogados han llegado a pedir no sólo la anulación del auto de procesamiento, sino también de las medidas que trae aparejado entre cuyas consecuencias estaría la puesta en libertad de los investigados.

La Audiencia aclara que el auto “delimita un marco de referencia para que los investigados no pueda verse acusados de forma sorpresiva y sin poder defenderse en la fase previa”.

Por ello, no se puede hablar en este momento procesal, según los magistrados, de una prueba completa para acreditar el posible delito, sino que basta con la existencia de “indicios racionales de criminalidad”.

Acto seguido reprocha a los recurrentes que confundan el auto de procesamiento con el de incoación, que es el existente en el momento actual.

Dicen los magistrados que se han visto obligados a hacer “un gran esfuerzo de compresión sobre las razones del recurso, toda vez que los motivos y argumentación son confusos”.

Por ejemplo, las defensas, critican la actuación de la policía “y relatan una serie de historia relativas a personajes sin ningún punto de conexión con los hechos”, denuncian que no se haya incoado pieza de responsabilidad civil y se oponen a la valoración de la droga incautada.

La Audiencia rechaza todos los motivos al considerar que existen indicios suficientes del transporte de grandes cantidades de cocaína y pruebas del fallecimiento de un tripulante por arma de fuego.

Este hecho justificó la intervención de la Brigada Central de Estupefacientes que recibió información sobre la situación y coordenadas del barco con bandera panameña y tuvo que negociar con el secuestrador.

Para la Sala en estos momentos los indicios conducen a entender que la intervención de los investigados supera “una mera participación casual” y llega a la muerte de otro con una arma de fuego.

A continuación este último también se habría deshecho del cadáver arrojándolo por la borda, por lo que se justifica el procesamiento de todo ellos hasta ver el resultado del juicio oral. 

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