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El Supremo rechaza que tres menores tinefeños vuelvan con sus padres tras sufrir violencia familiar

EFE

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La sala de lo civil del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado un recurso de queja de unos padres tinerfeños que se oponían a la orden de que sus tres hijos permanecieran en un centro de menores, dada la negativa y rechazo de estos por haber sufrido violencia familiar durante años por parte de los recurrentes.

Los padres impugnaron la resolución administrativa que declaró el desamparo y acogimiento de los tres hijos menores, nacidos en 2008, 2010 y 2012, basándose en los testimonios de los niños, quienes relataban el clima de violencia familiar en que vivieron y manifestaron que preferían quedarse en el centro de acogida.

Cuando los progenitores ingresaron en prisión en 2015 los menores fueron declarados en situación de desamparo y, una vez que la madre quedó en libertad, volvieron con ella pero con la activación de un plan de intervención.

En los informes constan los ingresos hospitalarios de la mujer y que el padre ha sido condenado por violencia familiar debido al maltrato que durante años sufrió el hijo mayor.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la separación de los menores de sus padres al tener en cuenta “el interés superior de éstos, quienes han mejorado desde que están en el centro, manifestando siempre que no desean volver a su casa mientras se mantenga la violencia” en la que han vivido.

En su momento se descartó que los padres pudieran acudir al Tribunal Supremo la decisión de la Audiencia Provincial, y presentaron un recurso de queja que ha sido desestimado, al estimar la sala que no tenía interés casacional y por lo tanto rechaza revocar el desamparo.

Desde el Tribunal Supremo se apela al informe psicosocial, basado en una explotación efectuada a los hijos, y de estos elementos se concluye que, efectivamente, debe prevalecer el interés superior de los niños dado que el retorno con sus padres no es un principio absoluto e incondicional.