El Supremo acepta revisar el valor de los terrenos expropiados para el ejército en Hoya Fría

EFE

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha aceptado estudiar un recurso presentado por la familia Rodríguez López, antiguos propietarios de los terrenos de Hoya Fría en Santa Cruz de Tenerife y La Laguna, en el que se pide revisar el valor por el que fue expropiado este suelo con uso militar.

En el auto, al que ha tenido acceso EFE, once familiares muestran sus discrepancias con los dos acuerdos tomados por la Junta Provincial de Expropiación (JPE) a principios de 2021 sobre una parcela de 54.000 metros cuadrados y otra de 91.700.

En su momento el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) avaló el valor que se le otorgaba a este suelo, que se fijó en 1,04 euros por metro cuadrado, mientras que los familiares pedían 21,5, de manera que la Junta reconocía el pago global de 3 millones frente a los 30 millones que solicitaban los recurrentes.

Para llegar a esa última cifra los familiares piden se tenga en cuenta que el ejército pagaba al año 152.000 euros por el alquiler del suelo tras ser devuelto a sus propietarios por incumplirse el acuerdo firmado en su momento de que no se le podía dar otro uso ni venderlos.

El Ministerio de Defensa se vio forzado a abonar esta cantidad ante la imposibilidad de trasladar el cuartel “de un día para otro”, lo que supuso “una renta de oportunidad” para la familia dado que el suelo según el TSJC es rústico.

El precio se calculó mediante el sistema de capitalización de rentas, multiplicando el rendimiento de la finca agrícola por el precio del mercado de los productos de explotación y los gastos anuales, al ser suelo rústico.

El TJSC consideró que sólo se podían plantar productos como la papa blanca, mientras que los dueños apostaban que en todo caso se hiciera según otros cultivos más ventajosos como el aguacate.

Por lo tanto, según el TSJC, el valor a considerar no era el de la existencia de una base militar sino el de un terreno que sólo es apto para la agricultura, pero acto seguido reconocía la dificultad de que estas parcelas pudieran ser dedicadas a cualquier tipo de uso forestal o agropecuario.

Los familiares además han solicitado que Defensa les pague otros 16 millones más por una parte no expropiada pero que al tratarse de “riscos” carecen de uso alguno.

El TSJC indica que los terrenos expropiados están calificados en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como suelo urbanizable no sectorizado diferido y una parte más como diferido, por lo que según la legislación serían pagados como suelo rural en su mayor parte.

El TSJC descartó el argumento de que se deben tener en cuenta las expectativas urbanísticas en cuanto al desarrollo de la ciudad, al carecer “de respaldo normativo”, puesto que aún no ha sido aprobado el Plan General.

Los propietarios, sin embargo, calculan que en este espacio se podrían llegar a construir hasta mil viviendas y casi un centenar de naves industriales.

En estos momentos el TS estudia otro recurso de los propietarios por no estar conformes con que se haya recurrido a la expropiación, que también fue rechazado por el TSJC.

La representación legal de la familia Rodríguez López muestra su decepción con el hecho de que la capital tinerfeña haya perdido una “oportunidad única” a la hora de recuperar un enclave esencial para su desarrollo urbanístico a medio plazo.

Indican que de seguir adelante los planes del Estado se dará la “anacrónica” circunstancia de que en el centro de la capital tinerfeña se ubicaría una base militar cuando estas instalaciones están desapareciendo de los entornos urbanos.

En una de las primeras versiones del PGO se contemplaba la construcción de una gran ciudad sanitaria con hospitales y viviendas pero al plantearse la expropiación ni el Cabildo ni Ayuntamiento quisieron negociar otra posibilidad que el uso militar, según indicaron estos antiguos propietarios.