El fiscal Vicente Garrido ha iniciado este viernes el trámite de informes finales en el juicio contra Salvador Alba con un duro alegato contra el magistrado, a quien ha acusado de utilizar el poder que le confería la toga para sacrificar el interés general en la búsqueda de “un interés propio y personal”: perjudicar y desprestigiar a la jueza Victoria Rosell durante los siete meses en los que ocupó en su sustitución el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria.
“Todo estaba orientado a esa finalidad. Utilizó una causa (el procedimiento por fraude fiscal contra el empresario Miguel Ángel Ramírez) para un desenlace no previsto. Arbitró resoluciones con informaciones mendaces que convergen en un interés personal, espurio”, la búsqueda de los contratos que evidenciasen las relaciones comerciales entre las empresas vinculadas al presidente de la Unión Deportiva Las Palmas y el periodista Carlos Sosa, pareja de Rosell.
Esa era, precisamente, la dádiva, “el valor más preciado” que guió la “actuación ilícita” de Alba. Garrido recordó que la última reforma del Código Penal amplía el delito de cohecho, al desvincularlo de la “concepción reduccionista” de ventaja “económicamente valuable”. Los contratos que Ramírez entregó al juez Alba después de prestar la declaración que ambos habían pactado una semana antes y que trataban de demostrar esas supuestas relaciones comerciales con la pareja de la jueza son, a juicio del representante del Ministerio Público, “la prueba material del delito de cohecho”. También hizo referencia al interés por alimentar la querella que el exministro José Manuel Soria (Partido Popular) había interpuesto contra Rosell.
Con respecto al delito de prevaricación, el fiscal ha señalado que el procesado vulneró “la garantía básica de un investigado en fase de instrucción”, su derecho a defensa. Garrido sostiene que la reunión que mantuvieron el 16 de marzo de 2016 el empresario y el juez fue clandestina, no solo por el lugar en el que se celebró (el despacho de Alba en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, con menos ajetreo que el Juzgado de Instrucción 8), sino también por “la ocultación al resto de las partes”, por el acceso del empresario, previa autorización del hoy encausado, al circuito restringido reservado a funcionarios y por “la vulneración del derecho a defensa”, al impedirle asistir a esa reunión con la asistencia de un letrado.
El fiscal considera también acreditado el delito de falsedad en documento oficial del que se acusa al magistrado. Garrido ha aludido en su exposición a varios informes elaborados por Alba. Entre ellos, el que remitió al Tribunal Supremo a petición de su Sala Segunda, un documento que, según el representante del Ministerio Público, está plagado de afirmaciones “inexactas, mendaces e inveraces” y omisiones para cuestionar la instrucción de Rosell en la causa contra Ramírez y conseguir así engordar la querella de Soria. “Ni el inmotivado delito de blanqueo de capitales (argumentado por la defensa del juez para tratar de justificar su interés por los contratos entre Ramírez y Sosa, ajenos al objeto de la investigación) ni el supuesto deber de abstención de Rosell le deberían haber llevado a conducirse de forma tan grosera”, manifestó.
Garrido recordó que el juez procesado ocultó en hasta cuatro informes dirigidos al Supremo y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el “pacto reservado” formalizado con Ramírez en su reunión del 16 de marzo, acuerdo según el cual el empresario prestaría la declaración orientada del 23 de marzo en sede judicial para tratar de introducir una causa de nulidad en el procedimiento por el supuesto incumplimiento del deber de abstención de Rosell. No fue hasta el 4 de mayo, un día después de abandonar el juzgado, cuando informó al órgano de gobierno de los jueces de ese encuentro.
El fiscal también ha mantenido su petición de condena por un delito de revelación de secretos. Aunque ha reconocido que, en sus comparecencias como testigos, los periodistas Fernando Lázaro (El Mundo) y Manuel Reyes (La Provincia) no revelaron ningún dato al respecto de las fuentes de información utilizadas para reproducir en sus medios los informes firmados por Alba sobre las presuntas irregularidades atribuidas a Rosell, Garrido explicó que su acusación se basa en pruebas indiciarias. Entre ellas, citó la declaración de una de las testigos, que dijo que las filtraciones en esa causa eran constantes; el sentido de las informaciones publicadas, que estaban en la línea de las pretensiones del magistrado, esto es, “el desprestigio de Rosell” a partir de los supuestos vínculos comerciales entre Ramírez y Sosa, y la evidencia de la relación cercana entre el juez entonces sustituto y el periodista de El Mundo Fernando Lázaro. Garrido incidió en que los otros delitos encontraron “una mayor resonancia” con las crónicas en este diario.
La grabación
A pesar de los esfuerzos de la defensa por anular la grabación que incrimina a Alba, la Fiscalía sigue dando por válido y fiable el archivo REC004 encontrado en la papelera del dispositivo de grabación utilizado por Ramírez. “Los peritos de la Guardia Civil han sido categóricos. No se han detectado paradas, cortes, inserciones o sucesos carentes de lógica, siendo coherente con las características del dispositivo”, ha afirmado su representante.
Garrido ha calificado de “ambiguos, contradictorios y deliberadamente sesgados” los informes presentados por el perito de la defensa, Jonathan Hellín, estudios que “no se ajustan a los hechos” y extraen conclusiones “totalmente tergiversadas”. Se trata, en opinión del fiscal, de un esfuerzo “extravagante y carente de rigor científico”. “Se pone en duda que determinadas frases atribuidas a Alba no han sido realizadas por Alba, sin saber si ha sido alguien extraño, alguien de Massachussets, quien las colocó allí”, añadió. El fiscal recordó que la conversación ha sido reconocida en su integridad por Ramírez y que el testigo Héctor de Armas también ha admitido haber escuchado en la grabación los fragmentos más comprometedores para el juez, como aquel en el que anuncia su intención de “cargarse el procedimiento”.
“A nadie se le incitó a decir lo que dijo”, expuso Garrido, que mencionó los casos Falciani y Gürtel como ejemplos para demostrar la validez de los archivos obtenidos de forma subrepticia. El representante del Ministerio Público matizó, no obstante, que la grabación es “un elemento más del acervo probatorio”, pero no “el único ni el más importante”. “Es valorable la declaración testifical de Miguel Ángel Ramírez, de Sergio Armario, de Emilio Moya, de Evangelina Ríos, de Héctor de Armas… El archivo es un medio de corroboración, aporta un plus de fiabilidad al testimonio de Ramírez, pero no es el factor decisivo ni el motor de la acusación”, ha concluido.