Un perito exculpa al detenido al que la Policía Canaria acusó de agredir a un agente

Macame Mesa

Las Palmas de Gran Canaria —
26 de mayo de 2016 22:01 h

La última jornada del denominado caso Ladrillo - que juzga la supuesta agresión de un subinspector del Cuerpo General de la Policía Canaria a un agente, para luego endosar la misma a un detenido – ha sido protagonizada por los peritos y las conclusiones de los abogados defensores, que han solicitado la absolución de los cuatro acusados.

La Fiscalía, sin embargo, ha considerado que de las declaraciones de los testigos y de las pruebas recabadas durante las tres sesiones del juicio, han quedado acreditados los hechos denunciados, que describen cómo la madrugada del 10 de febrero de 2013 y tras haber realizado una detención en el Parque de Santa Catalina, el subinspector C. M. S. D. arañó supuestamente el cuello de H. L. C. en presencia de su asistente, L. J. R. M.

Dicha presunta agresión se atribuyó en el atestado policial a la persona que había sido detenida esa noche. Informe que firmaron tanto H. L. C como el también acusado F. P. G., quienes posteriormente dijeron arrepentirse y destaparon el caso ante la Justicia.

La teoría de que el detenido no fue el responsable de los arañazos que mostró H. L. C. en el cuello ha sido reforzada por la médico forense del Instituto de Medicina Legal. La perito afirmó que las marcas que presentaba el agente, que durante la intervención policial redujo al detenido por la espalda, no eran compatibles con las hechas por uñas ni por un agarre en la zona.

La experta aseguró que no coincidían ni con el número de dedos de la mano, ni con su anchura y mucho menos con las del detenido, puesto que éste tenía una uña atrófica y las demás demasiado cortas. Durante su intervención del lunes, H. L. C., dijo creer que la agresión se había producido con un bolígrafo, hecho que la médico forense no rechazó.

Los psicólogos y forense de parte señalaron la personalidad “tranquila” y “coherente” del agente denunciante, quien reflejó un episodio de ansiedad generalizada un mes después de que sucedieran los hechos. Asimismo, defendieron que esa noche pudo firmar el documento falso al sentirse intimidado por una persona de rango superior a la que sentía que debía obedecer.

El experto llamado por la defensa de C. M. S. D. aseguró que el subinspector tiene buena capacidad de autocontrol, reflexiona antes de actuar y muestra buena capacidad de empatía.

Del “expediente X” a la “película” de la conspiración sindical

La Fiscalía puso en evidencia una serie de errores cometidos durante la instrucción del atestado y puso en duda que se llegara a identificar al detenido. Asimismo, señaló que diferentes testigos vieron cómo H. L. C. no había mostrado lesiones antes de llegar a la base y fue después de salir del despacho de su superior cuando se quejó de ellas.

El abogado del subinspector, Javier Guerra, fue el primero de la defensa en esbozar sus conclusiones. Durante su intervención, trató de poner en evidencia las contradicciones de los denunciantes y varios testigos y esbozó que la génesis de todo el caso radica en que los agentes consideraban a C. M. S. D. como un “enchufado” que no tenía formación suficiente para ocupar el cargo en la base de Gran Canaria.

Motivo por el que hizo hincapié en las manifestaciones referentes a la presión sindical que había escuchado la Sala en boca de un Guardia Civil y el comisario del Cuerpo, Luis Santos Jara, en referencia a que “allí no había quien mandara” y que los sindicatos mostraban una “sublevación absoluta”.

En ese sentido, sostuvo que los seis agentes que habían acudido a declarar habían decidido seguir la misma “película” en un “espectáculo” en el que uno de los policías que supuestamente había visto a H. L. C. tras la agresión lo situó en la zona de los calabozos y luego se desdijo. Sobre el testigo que visionó las cámaras, dijo que era el único que había visto los arañazos en “forma de X” e ironizó con que “sin duda este es un expediente X”.

Guerra aseveró que el parte médico que solicitó H. L. C. después de salir del despacho de C. S. D. y acudir al hospital, reflejó que el agente no mostraba las roturas de la piel que sí tenía cuando acudió a denunciar el caso ante la Justicia.

“Para el sindicatos Cobas, aunque ustedes crean que ahí se sienta C. S. y L. R., tienen ahí a Adolf Hitler y Joseph Goebbels, y los otros dos, aunque parezca que son H. L. y F. P., es la línea de representación del oprimido pueblo ruso, la declaración de guerra estaba hecha y dentro de la guerra valía todo”, concluyó.

El alegato de Guerra fue recibido con ironía por parte de la abogada de H. L. C., Soraya del Toro, quien definió la valoración hecha por el letrado como “de auténtica película”. En este punto, se posicionó con la Fiscalía y contradijo la conclusión de su compañero de profesión al decir que los agentes que habían intervenido en la detención del 10 de febrero habían mantenido el mismo discurso desde el inicio y habían sido C. M. S. D. y L. J. R. M. quienes se habían contradicho durante el proceso.

Del Toro se centró en defender los atenuantes derivados de la agresión y amenazas de un superior a su defendido, lo que hizo que sintiera miedo y firmara un atestado falso que, cuando fue capaz de reaccionar, puso en conocimiento de la Justicia. “No le podemos exigir otra conducta dadas las circunstancias”, apostilló.

Al destapar los hechos, dijo, impidió que la persona a la que se atribuía la agresión sufriera las consecuencias de esa mentira, aún a sabiendas de que resultaría acusado en un procedimiento judicial. “¿Qué explicación veraz o normal pueden dar a esta circunstancia, excepto la conspiración sindical?”, recalcó.

Sobre este punto, recordó que el agente no tenía problemas con el subinspector antes de que se denunciaran los hechos, tal y como confirmó el comisario del Cuerpo, y recordó que los pinchazos telefónicos llevados a cabo por la Guardia Civil revelaron que la estrategia de la “conspiración sindical” fue esbozada desde el principio por C. S. D..

El letrado de F. P. G., Mahay Alayón, también trató de echar por tierra la supuesta sublevación de los sindicatos y puso de relieve las manifestaciones que expusieron los tratos vejatorios y discriminatorios del subinspector en la base. Alayón hizo hincapié en que fue el superior quien ordenó a su defendido firmar el atestado falso y no dejo, por el contrario, que otros agentes que habían intervenido lo hicieran.

El abogado de L. J. R. M., José María Guerra, puso de relieve que el asistente, encargado de redactar el atestado policial, solo trasladó al mismo lo que le fue dictado por los agentes, puesto que él no había intervenido en la detención. Afirmó que desconocía que lo escribía era falso e incidió en que un testigo le situó fuera del despacho del subinspector, por lo que no pudo participar en la supuesta agresión a H. L.C.

Para Guerra, el caso radica en que la detención realizada por los agentes estuvo mal hecha y por lo tanto era ilegal y, al percatarse, decidieron decir que hubo un delito de atentado a la autoridad.

“No soy un conspirador sindical”

Esta última versión fue contradicha por F. P. G., quien antes de que concluyera el juicio aseguró que la actuación en el Parque de Santa Catalina fue acertada. Cabe destacar que la Fiscalía indicó no haber añadido el delito de detención ilegal a los acusados por este motivo.

F. P. G. dijo sentirse arrepentido por lo sucedido y esbozó que “el trabajo de policía es hermoso y a veces metemos la pata”.

C. M. S. D. prefirió guardar silencio, mientras que L. J. R. M. insistió en que sólo se había dedicado a describir en el atestado lo que los agentes le habían relatado y que éstos lo leyeron y firmaron sin decirle que no estuvieran de acuerdo.

Por su parte, H. L. C. negó ser un “conspirador sindical” y aseguró haberse visto envuelto en unas circunstancias “lamentables” por las que no había intentado incriminar a nadie a sabiendas de las consecuencias que ello tendría. “Lamento no haber podido actuar de otra manera”, concluyó.

El Ministerio Público pide cuatro años de prisión e inhabilitación especial para empleo y cargo público por tres años para los agentes H. L. C. y F. P. G., por un delito de falsedad en documento oficial.

Asimismo, solicita para el subinspector C. M. S. D. y su asistente en el momento en que sucedieron los hechos, L. J. R. M. seis años de cárcel e inhabilitación por los delitos de falsedad documental y contra los derechos individuales. Al primero le añade, además, una falta de lesiones. El juicio ha quedado visto para sentencia.