La vista oral que debía celebrarse este martes en la Sala Segunda del Tribunal Supremo para dirimir el recurso presentado por el magistrado suspendido Salvador Alba contra la sentencia que lo condenó a seis años y medio de cárcel ha sido suspendida. El juez Pablo Llarena, uno de los miembros designados para conformar el tribunal, se ha abstenido en el conocimiento de la causa alegando que ha tenido contacto con el acusado. El presidente de la sección, el canario Manuel Marchena, firmó la providencia por la que se formó la Sala el 18 de mayo. La comunicación de la abstención de Llarena se formalizó ste lunes 7 de junio, veinte días después, y a apenas 24 horas de la fecha fijada para la vista.
Desde el Tribunal Supremo no han proporcionado a este periódico más información sobre el escrito presentado por el juez Llarena, ni sobre la fecha y el contexto en que se produjo ese contacto con Salvador Alba. Fuentes oficiales del alto tribunal han dicho desconocer si ese encuentro tuvo lugar antes o después de que fuera dictada la providencia con la que quedó constituida la Sala, aunque han señalado que ambas circunstancias son posibles.
La vista sobre el recurso de Alba ha sido aplazada sine die. No hay fecha para un nuevo señalamiento. El tribunal está presidido por el magistrado Miguel Colmenero Menéndez de Luarca. Además de Llanera habían sido designados para completar la Sala Susana Polo García, Carmen Lamela Díaz y Ángel Luis Hurtado Adrián.
Salvador Alba fue condenado en septiembre de 2019 a seis años y medio de cárcel y a 18 de inhabilitación por conspirar contra la magistrada en excedencia Victoria Rosell, actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, durante los siete meses en los que la sustituyó al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) encontró al juez, que sigue suspendido de funciones por el Consejo General del Poder Judicial, culpable de los delitos de falsedad en documento oficial, prevaricación y cohecho. Además le impuso el pago de una indemnización de 60.000 euros a Rosell por los daños morales ocasionados como consecuencia de esa operación.
Según el relato contenido en la sentencia del alto tribunal canario, Alba maniobró en su etapa como sustituto en ese juzgado con el afán de fabricar pruebas que sirvieran para alimentar la querella que contra Rosell había interpuesto el entonces ministro de Industria, José Manuel Soria (Partido Popular), rival en las elecciones generales celebradas a finales de 2015 de la jueza en excedencia, que se había presentado en la lista de Podemos por la provincia de Las Palmas.
El caso estalla a raíz de la difusión de los audios de la entrevista que mantuvo Alba con el empresario Miguel Ángel Ramírez. El presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, que estaba siendo investigado en ese juzgado por delito fiscal, registró ese encuentro en el despacho del juez. De la grabación se desprende que ambos negociaron un pacto para que el empresario declarara contra la magistrada en sede judicial, como finalmente ocurrió.
El TSJC sentenció que Alba utilizó ese proceso penal como “coartada y vehículo” para “fines personales”, ajenos a los hechos objetos de esa investigación. Su propósito era intentar hacer aflorar una relación comercial entre ese empresario y la pareja de Rosell, Carlos Sosa, director de Canarias Ahora, con el objetivo de poner en tela de juicio la imparcialidad de su predecesora en el Juzgado de Instrucción 8, perjudicar su carrera política y profesional y favorecer la querella que contra ella había presentado José Manuel Soria, a la sazón ministro de Industria, Energía y Turismo.
La sentencia del TSJC echó por tierra todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Alba. Destacaba la “ausencia de fundamento” y “falta de consistencia” de la tesis del juez, evidenciadas en la propia grabación que da pie al procedimiento penal en su contra. Y es que en ella se reconoce la dificultad para probar esos vínculos comerciales entre Ramírez y Sosa, ya que los negocios existentes entre empresas del primero y sociedades vinculadas con el segundo eran “anteriores al inicio de la instrucción” e, incluso, anteriores al inicio de la relación del periodista con la jueza.
Tras su condena, Alba presentó un recurso de casación ante el Supremo. La Fiscalía se ha opuesto a todas las pretensiones del condenado, desde la nulidad de la grabación que dio pie al procedimiento penal, hasta su empeño en recusar a la magistrada que instruyó la causa, Margarita Varona, y a uno de los integrantes del tribunal que lo juzgó y condenó, Julio Wood.