Rechazada una nueva querella de Salvador Alba contra la jueza Victoria Rosell

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha acordado no admitir a trámite la segunda querella presentada por el juez Salvador Alba contra la también magistrada Victoria Rosell, a la que ahora acusaba de delitos de falsedad en documento público, prevaricación y cohecho, según ha anunciado este lunes. Es la segunda vez que la Justicia tumba una querella de Alba contra Rosell, que se suman a otras siete denuncias interpuestas con igual suerte ante el Consejo General del Poder Judicial.

“No ha lugar a admitir a trámite la querella” de Alba contra Rosell, concluye la Sala de lo Civil y Penal del TSJC en un auto fechado el 26 de julio pasado y hecho público este lunes.

En él se expone que “no queda acreditado” ninguno de los supuestos hechos en que el querellante basaba las acusaciones que vertió contra Rosell, a la que denunció el 27 de marzo aludiendo a afirmaciones que la magistrada había recogido en un escrito oficial fechado en 2017 rechazando acusaciones de que había procedido ilegalmente en el ejercicio de su cargo para beneficiar al empresario Miguel Ángel Ramírez.

Algo que habría hecho debido a que el también presidente de la Unión Deportiva las Palmas, enjuiciado por impagos a la Seguridad Social, negociaba un contrato con el periodista Carlos Sosa, pareja sentimental de la jueza, a fin de facilitar que llegaran a un acuerdo, conforme a los argumentos de la querella de Alba, que desestima el auto ahora conocido.

El cual tilda de “irrelevante” la “hipotética trascendencia que, a juicio del querellante”, tendrían las presuntas incorrecciones que achacaba a Rosell para acusarla de un delito de falsedad en documento oficial, debido a que hacían referencia a un escrito por el que la magistrada solicitó no participar en un caso aduciendo que podrían afectar a su buen desarrollo sus malas relaciones con la fiscal encargada del mismo.

Y señala, tajante, que “la conducta de la querellada en modo alguno puede incardinarse en el tipo penal de la falsedad”, ya que “la declaración en cuestión, no afecta en modo alguno a los elementos esenciales del documento, toda vez que se trata de un escrito razonado de abstención por 'enemistad manifiesta' con la representante del Ministerio Fiscal”.

“No teniendo por tanto relación alguna con su esencia o núcleo la existencia o inexistencia de relaciones comerciales con el investigado”, apostilla.

La Sala de lo Civil y lo Penal considera, además que “la querella presentada también debe rechazarse de plano en lo que a la existencia de un delito de prevaricación se refiere”, en la medida en que -expone- la acusación de Alba contra Rosell al respecto ya se había planteado en otro procedimiento anterior y “ha sido rechazada por auto de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección Primera, de fecha 26 de abril del 2018, que ha devenido firme”.

Un auto mediante el cual la Audiencia Provincial se pronunció ya, igualmente, en cuanto a las acusaciones de cohecho formuladas por el querellante, acordando que debían ser desestimadas, recuerda la citada sala, que, en conclusión, ordena, por último, no admitir a trámite la iniciativa de Salvador Alba.