El caso Faycán, una trama de corrupción en el municipio grancanario de Telde durante el mandato 2003-2007, se cierra de forma definitiva quince años después de que comenzara la instrucción de la causa. El Tribunal Supremo ha resuelto el último litigio que coleaba en este procedimiento y ha confirmado la condena impuesta al Partido Popular (PP) como responsable civil subsidiario, rechazando el recurso presentado por la formación conservadora, que pretendía eludir la devolución de los 740 euros pagados con fondos públicos para ejecutar obras en la sede del partido en la zona de Arnao.
La Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas dictó la sentencia sobre el caso Faycán el 31 de julio de 2018, última jornada laboral hábil de la magistratura antes de las vacaciones estivales. El órgano provincial absolvió a los siete acusados que no habían reconocido los hechos, entre ellos los exalcaldes de Telde Francisco Valido y María del Carmen Castellano, ambos del PP. Los otros 21 procesados habían confesado durante la vista oral (20 de ellos en la sesión inicial y otro con posterioridad) su participación en la trama delictiva a cambio de una sustancial rebaja en las penas impuestas.
El juicio fue presidido por el magistrado Salvador Alba, que ya en aquel momento estaba siendo investigado por conspirar contra la también jueza Victoria Rosell durante el periodo en el que la actual delegada del Gobierno para la Violencia de Género estaba en excedencia voluntaria para concurrir a las elecciones generales en las listas de Podemos por Las Palmas. Para dictar el fallo, Alba recurrió a la fórmula del “voto particular”, debido a que por entonces ya había sido suspendido de funciones por los mismos motivos por lo que un año después el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) lo condenó a 6 años de cárcel y 18 de inhabilitación por los delitos de prevaricación, cohecho y falsedad en documento oficial. La sentencia aún no es firme.
Lo cierto es que sus compañeros de tribunal, Carlos Vielba y Oscarina Naranjo, admitieron todos los argumentos esgrimidos por el magistrado suspendido excepto uno: la responsabilidad del PP en la causa. “El Partido Popular de Telde no puede tener una responsabilidad civil subsidiaria cuando sus representantes no tienen una responsabilidad penal”, escribió Alba en su voto particular. No apreció la concurrencia de “prueba alguna directa o indirecta que demuestre que las obras de reforma en la sede de dicho partido se sufragaran con dinero público del Ayuntamiento de Telde, lo que excluye, incluso, la participación del partido a título lucrativo”.
Alba obvió en su resolución que uno de los arrepentidos del caso Faycán, José Luis Sánchez, asesor de María del Carmen Castellano, ostentaba en esas fechas el cargo de secretario del comité local del PP de Telde y en la vista oral admitió la financiación irregular de las obras de reforma de la sede del partido. Los otros dos miembros del tribunal corrigieron al magistrado. “Se ha declarado probado que el concierto para este pago (el abono con fondos públicos de las obras en la sede del PP) se realizó entre, sorprendentemente, Francisco Gordillo (otro de los condenados) y José Luis Sánchez (también con la fallecida María Antonia Torres), y si bien no consta que el primero ostentara cargo en el PP, ”hombre de confianza del partido“ se definió él mismo, sí consta el desempeño de cargo por parte del segundo, por lo que la declaración como responsable civil subsidiario por parte del PP resulta obligada”, recogía la sentencia.
Otro de los procesados, el empresario Felipe Ojeda, reconoció también en el juicio que había falsificado facturas para que el Ayuntamiento pagara esas obras. El administrador de la principal proveedora de la administración local en suministros de ferretería durante el periodo investigado relató que esa factura se cargó a las escuelas taller que dependían de la Concejalía de Desarrollo Local que lideraba María del Carmen Castellano antes de convertirse en alcaldesa. Los suministros, según relató Ojeda, no se destinaron al Ayuntamiento, sino a sufragar parte de las obras de remodelación de la sede del PP en Telde. La única factura que se pudo acreditar tenía un importe de 740 euros.
El Supremo incide en esos argumentos para rechazar el recurso de la formación conservadora. “El condenado José Luis Sánchez era secretario del Comité Local del PP en Telde (Gran Canaria) y fue coautor de los delitos por los que el PP ha sido declarado responsable civil subsidiario. Que el importe de 740 euros fuera pagado por el Ayuntamiento cuando ya no era gobernado por el PP es algo que carece de trascendencia cuando el pago se hizo a consecuencia de los actos delictivos”, expone.
Para la Sala de lo Penal del alto tribunal ha quedado constatado el destino de la cantidad empleada con cargo al erario público, la participación del condenado José Luis Sánchez en los hechos y su relación con el partido político que figura como responsable civil.
Los magistrados también rechazan la pretensión del PP para “revalorar la prueba” o para que la Sala asumiera la tesis defendida por el juez Salvador Alba en su voto particular. “Los hechos probados han sido no solo narrados claramente, sino calificados debidamente en la esfera jurídico penal, expresando así mismo los motivos por los cuales debe considerarse al acusado autor de los mismos. Y que el recurrente (PP) no haya detentado un papel más relevante en la ideación criminal o promoción del fin delictivo desde un primer momento no le exculpa de responsabilidad por su decisiva colaboración posterior desde la comisión de retribuciones ya explicada en detalle”.
El Supremo impone además el pago de las costas procesales al PP.