La portada de mañana
Acceder
Sánchez busca impulsar la legislatura con el plan de regeneración democrática
La economía española abre una nueva etapa de crecimiento y sin 'burbujas'
OPINIÓN | 'EREs: Punto final a una ignominia', por Javier Pérez Royo

Las patronales turísticas de Canarias tachan de “abuso de poder” la decisión de demoler el Hotel Oliva Beach

Canarias Ahora

0

La patronales turísticas de las islas Canarias han mostrado su rechazo a lo que han calificado de “abuso de poder” por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) por su decisión de declarar la caducidad de la concesión del Hotel RIU Oliva Beach y los apartamentos anexos al complejo, ubicados en dominio público marítimo-terrestre en las Dunas de Corralejo (Fuerteventura). Dicha decisión llega después de constatar que el complejo hotelero, concretamente la empresa Geafond, titular de la concesión, había cometido numerosos y reiterados incumplimientos de las condiciones de dicha concesión, como, por ejemplo, ampliar la superficie del hotel sobre suelo público y vallar una zona, también pública.

En un comunicado conjunto, la Asociación de Empresarios Turísticos de Fuerteventura (Asofuer); la Federación Turística de Lanzarote (FTL); la Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro (Ashotel), y la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT) han expresado su repulsa a la decisión del departamento ministerial por ser “arbitraria y escandalosa”.

Además, los empresarios han indicado que esta decisión se produce en “abierta contradicción” con el Estatuto de Autonomía de Canarias, que reconoce a la Comunidad Autónoma las competencias de gestión en materia de Costas, postura que comparte con el Gobierno regional, que entiende que el MITECO ha invadido sus competencias. Al respecto, el Ministerio ha recordado en diversas ocasiones que las competencias sobre expedientes de caducidad no están transferidas a ninguna de las comunidades autónomas que han asumido funciones relacionadas con los títulos de ocupación del dominio público marítimo terrestre (Canarias, Cataluña, Andalucía y Baleares).

La patronal, sin embargo, abraza la tesis del Gobierno canario sobre las competencias, aunque existe un pleito abierto sobre este asunto para dirimir con exactitud hasta dónde llega la potestad del Ejecutivo regional, ya que este punto no estaba especificado en los acuerdos de transferencia de competencias. Las patronales hoteleras, que no han pedido responsabilidades a la empresa infractora por incumplir la normativa ni las condiciones de su concesión en un entorno que está protegido, sí han recurrido al argumento de que la decisión del Ministerio “tiene un impacto negativo directo para el interés general, dada la relevancia del Oliva Beach para la realidad socioeconómica del norte de Fuerteventura en general y de Corralejo en particular”.

“La obsesión del Ministerio por forzar de un modo arbitrario la caducidad de la concesión supone un claro ejemplo de abuso de poder”, aseveraron las patronales, que agregan que con esta decisión se intenta “menoscabar” las capacidades efectivas y autoridad de la Comisión Bilateral, la relevancia del hotel para la economía de la zona y la zozobra generada entre su personal, “que no se merece esta decisión arbitraria”.

Los hoteleros se aferran a argumentos económicos, obviando el daño ambiental y el incumplimiento de la ley, y solo señalan que este complejo turístico tiene una media de ocupación que “supera el 80%, con 400 puestos de trabajo directos y una incidencia muy relevante sobre la actividad económica en el norte de la isla majorera”. Sin embargo, no sugieren ninguna medida a la empresa infractora para reparar el daño causado a la costa de la isla, al entorno natural y a sus propios empleados.

Para ellos, la seguridad para el empleo sería viable a través de un proceso de renovación de las instalaciones del hotel, posible, según ellos, “de acuerdo con el contenido de la concesión administrativa, y que obtuvo autorización del Gobierno autonómico en mayo de 2023”. Cabe recordar que para renovar las instalaciones sí obtuvo el hotel el permiso del Ministerio, siempre y cuando no aumentase el volumen de la parcela ni el tamaño de las edificaciones. Pero RIU incumplió, aumentando hasta un 22% el tamaño del hotel, lo que ha conllevado ahora la caducidad del expediente, que significa que el Ministerio le retira el permiso para operar en esa parcela.

Los hoteleros insisten en que la reforma “contempla una aún mejor integración del inmueble en su contexto físico, en las inmediaciones del Parque Natural de las Dunas de Corralejo”, obviando que se trata de un edificio de más de siete plantas que, además, fue ampliado contra lo acordado con el Ministerio.

Los empresarios del turismo han apoyado a la cadena Riu en todas las medidas y decisiones que con arreglo a la normativa le amparan, con independencia de las que pueda adoptar la Comunidad Autónoma en defensa del marco competencial fijado por el Estatuto de Autonomía de Canarias desde 2018.

Aún estando acreditado que RIU incumplió, las patronales aseguran que el “autogobierno en mayoría de edad”, “cercenado” por esta decisión del Ministerio de Transición Ecológica, “es la mejor respuesta para proteger el interés general de Canarias y la adecuada gestión del litoral, con pleno respeto a la legislación sectorial en la materia y a la protección medioambiental”.

“Por supuesto, los empresarios mantendrán su posición vigilante ante cualquier intento de atropello al interés general por parte del MITECO, que ha mantenido con este y otros expedientes una actitud hostil y escasamente rigurosa que pone en peligro la seguridad jurídica, la imagen del turismo en Canarias y el porvenir de las empresas y trabajadores del sector”, concluyeron.

Las competencias, del Ministerio

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha asegurado este jueves que es la administración competente para declarar la caducidad de la concesión del hotel RIU Oliva Beach y los apartamentos anexos al complejo, ubicados en dominio público marítimo-terrestre en las Dunas de Corralejo (Fuerteventura), tras detectarse incumplimientos reiterados de la licencia.

En un comunicado, agrega que tal y como recoge el dictamen favorable emitido por el Consejo de Estado con fecha 15 de febrero, la competencia para resolver sobre concesiones de régimen transitorio es del Estado.

Al respecto, el MITECO expuso que no se ha traspasado a ninguna de las comunidades autónomas que han asumido funciones relacionadas con los títulos de ocupación del dominio público marítimo terrestre (Canarias, Cataluña, Andalucía y Baleares).

También destacó que el documento emitido por el Consejo de Estado señala que los funcionarios que intervinieron en la tramitación del expediente del Oliva Beach no han incurrido en ningún tipo de irregularidad.

En cuanto a la resolución del Ministerio, explicó que en el Oliva Beach, como en todas las concesiones del régimen transitorio, no se permiten obras que no sean de reparación, conservación o mantenimiento.

Sin embargo, la Demarcación de Costas detectó que se habían llevado a cabo nuevas edificaciones en el complejo que suponían un incremento de volumen y superficie del 22%.

Además, se produjeron otros incumplimientos de título concesional. La empresa estaba obligada a habilitar el acceso público y gratuito de la superficie de 18.122 m2 perteneciente al dominio público marítimo-terrestre, señalizándolo debidamente.

Esto, como recoge el dictamen del Consejo de Estado, no llegó a producirse, sino que incluso se llegó a vallar la zona, dejándose constancia en 2019 de que todo el perímetro estaba vallado, que únicamente en el acceso norte del complejo había un cartel informativo exigido por el pliego de prescripciones, y que, en 2020, no consta revertida esta situación.

El Ministerio resaltó que también, como recoge el órgano consultivo, el concesionario suplantó derechos de 20 propietarios, atribuyéndose títulos que no eran suyos.

Por ello, indicó que, una vez caducada la concesión, la Administración debe especificar en su resolución el destino de las instalaciones. En este caso, al tratarse de usos no legalizables, corresponde la demolición.