El Ayuntamiento de Castro Urdiales no tendrá que abonar de forma inmediata los 5,1 millones de euros a ASCAN- la empresa responsable de la gestión del agua en el municipio- por el desequilibrio financiero en el servicio entre los años 2007 y 2013.
El Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander considera que el pago de la indemnización, recurrida ante el Tribunal Supremo tras la condena del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, puede ocasionar un “perjuicio muy grave” al Ayuntamiento castreño.
Tal y como recoge el auto, “la ejecución provisional conllevaría al bloqueo del funcionamiento diario del Ayuntamiento y ocasionaría un perjuicio evidente, grave e irreparable a los ciudadanos”.
El alcalde, Ángel Díaz-Munío, compareció el pasado mes de noviembre tras conocerse la sentencia del TSJC y aseguró que la compensación “repercutiría de manera importante en el funcionamiento económico del Ayuntamiento y afectaría al presupuesto y a la capacidad de inversión”, teniendo en cuenta los 33 millones de presupuesto con los que cuenta el Consistorio.
El auto señala que la empresa mercantil sostiene que el Ayuntamiento “tiene asegurado un flujo de ingresos continuo y sostenido en el tiempo procedente de diversas fuentes y ello le permite proceder de forma inmediata a la ejecución de la Sentencia”.
Por contra, el Consistorio alega que “sí ocasionaría situaciones irreversibles y perjuicios irreparables tanto para su funcionamiento ordinario como para los servicios básicos y obligatorios que le competen, además de la imposibilidad de afrontar el pago de las obligaciones que ya tiene comprometidas”. Por tanto, afirma que “imponer el pago inmediato de tal cantidad sería inviable con los recursos existentes”.
Para corroborar dichas afirmaciones, el Ayuntamiento adjunta, por un lado, los informes del interventor municipal de 17 y 20 de abril de 2017, que a su vez remite al de 14 de junio de 2016 elaborado con ocasión de la ejecución provisional previa. En ellos indica que “a lo máximo que se podría hacer frente es a la cantidad estimada de 3.648.120,14 euros”.
Dicha cifra “se podría alcanzar acudiendo a los remanentes de tesorería de los años 2015 y 2016”. No obstante, a día de hoy, aún no se ha aprobado la liquidación del presupuesto del ejercicio 2016 por lo que “es una operación estimada”. De aplicarse dichas cantidades al pago de la ejecución provisional de la Sentencia, “se privaría al Ayuntamiento de la liquidez imprescindible para el funcionamiento diario”, sostiene el municipio.
Valoración del juez
Por todo ello, el titular del Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander considera que “la ejecución provisional de la sentencia puede ocasionar una situación de perjuicio muy grave al normal funcionamiento del Ayuntamiento de Castro Urdiales y por razones de prudencia y proporcionalidad debe desestimarse”.
Esto es así, tal y como indica el auto, porque “las partes están emplazadas desde el 15 de febrero de 2017 ante el Tribunal Supremo lo que supone que, atendiendo a los plazos estimados para estos casos, el recurso de casación estará resuelto en poco tiempo”.
Además, señala que el importe cuyo pago inmediato se reclama supera el 20% de los gastos anuales presupuestados por lo que “es sencillo hacerse una idea que el impago al resto de proveedores o la paralización de prácticamente todas las obras o inversiones en curso serían inmediata con los consiguientes conflictos jurídicos que se podría derivar”.
El juez no intenta “minimizar ni relativizar” la obligación latente de pago que tiene el Ayuntamiento pero tampoco olvida que aún es provisional, a lo que añade que “a esta situación se ha llegado como consecuencia de la gestión política llevada a cabo hasta el año 2013”.
“De haberse gestionado con normalidad, sencillamente este problema no existiría”, subraya el juez y argumenta que “casi un 20% de la cantidad reclamada son intereses de demora”. “Y es que los políticos no tienen Derecho a ser unos incompetentes, al contrario, tienen la obligación de gestionar los recursos públicos correctamente”, apunta.
Finalmente, el juez recalca que, tal y como se pone de manifiesto en los informes técnicos, aún en el caso de que se confirmara la Sentencia por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento “no tendría que afrontar el total que ahora se le reclama ya que podría aplicar una compensación de deudas”. En ese caso, el importe a abonar sería de “algo menos de 4 millones de euros”.