Cantabria reactiva restricciones de nivel 2 en los grandes núcleos de población

Cantabria ha actualizado de nuevo el Semáforo COVID que impondrá a partir del jueves restricciones en un total de 26 municipios, entre los que se encuentran las ciudades con mayor población de la comunidad autónoma. Tras el aumento de la incidencia que se ha vivido en los últimos días y el empeoramiento de todos los parámetros de la pandemia, incluida la ocupación hospitalaria y el número de pacientes en la UCI, la Consejería de Sanidad ha retomado un mes después esta herramienta con la que pretende limitar los contactos sociales y reducir los aforos en aquellas localidades más afectadas.

Así, esta nueva actualización eleva a nivel 2 de alerta sanitaria por la COVID a un total de 20 municipios, que son Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Camargo, Santa Cruz de Bezana, El Astillero, Los Corrales de Buelna, Reinosa, Santa María de Cayón, Laredo, Reocín, Guriezo, Ramales de la Victoria, Bárcena de Cicero, Entrambasaguas, Ribamontán al Monte, Ribamontán al Mar, Marina de Cudeyo, Penagos y San Felices de Buelna.

Además, Suances, Cabezón de la Sal, Selaya, Medio Cudeyo, Limpias y Colindres quedan en nivel 1. Los 76 municipios restantes continuarán una semana más en el nivel de riesgo controlado, es decir, prácticamente sin restricciones.

“Estamos otra vez en un invierno COVID como el año pasado. Cantabria ha adoptado los nuevos umbrales acordados con el Ministerio de Sanidad y el resto de comunidades autónomas para los niveles de riesgo y aún así los indicadores no son buenos”, reconoció este pasado lunes el director general de Salud Pública, Reinhard Wallmann, en una rueda de prensa junto al consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, en la que dieron a conocer los últimos detalles de la evolución de la pandemia.

Entre las restricciones que entrarán en vigor este jueves en los municipios señalados están la reducción de aforo en hostelería, restauración y comercio, además de en los cines, teatros y espectáculos culturales. También verán alterado su funcionamiento habitual velatorios, funerales y ceremonias religiosas, o los gimnasios e instalaciones deportivas. En el caso de los establecimientos de ocio nocturno, su apertura quedará pendiente de una autorización en función del riesgo.

**ACTUALIZACIÓN: Una hora después de la publicación de esta noticia, la Consejería de Sanidad dio marcha atrás y retrasó la aplicación de nuevas restricciones mientras impone el Pasaporte COVID.

Restricciones

Semáforo COVID

Nivel Riesgo Controlado

No existe límite de aforo sin perjuicio de la necesidad del mantenimiento de la distancia interpersonal. Cuando no sea posible mantener dicha distancia, se adoptarán las medidas generales de higiene y prevención adecuadas:

Uso de mascarilla:

✓ Espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público.

✓ Al aire libre cuando no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las personas.

✓ Medios de transporte.

Higiene de manos frecuente.

Higiene respiratoria: evitar contacto social si tienes síntomas compatibles, cubrirse la boca con un pañuelo antes de estornudar, usar pañuelos desechables.

Prohibido fumar en la playa, en terrazas, en eventos multitudinarios y en la vía pública cuando no sea posible mantener una distancia interpersonal de 2 metros, ante la población vulnerable la distancia será de 4 metros.

Nivel 1

Hostelería y restauración: en el interior, aforo al 75% y 10 personas por mesa, en terraza con 10 personas por mesa.

Establecimientos de ocio nocturno: en el interior, aforo al 50% y 10 personas por mesa, en terraza con 10 personas por mesa.

Comercio minorista: aforo 75%.

Monumentos y equipamientos culturales: sin restricciones de aforo, grupos máximo de 25 personas.

Cines, teatros y espectáculos culturales: aforo 100%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo al 75%.

Velatorios, funerales y otras ceremonias: interior con aforo al 75%.

Actividad física: aforo 75%.

Actividad deportiva: en instalaciones cubiertas, aforo al 75%.

Público en eventos deportivos: Público sentado. En instalaciones cubiertas, aforo al 75%; si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo al 50%. Al aire libre, aforo máximo al 100%; si se permite el consumo de bebida y/o comida, aforo máximo al 75%.

Nivel 2

Hostelería y restauración: en el interior, aforo al 50% y 6 personas por mesa; en terraza, 10 personas por mesa.

Establecimientos de ocio nocturno: valoración de la autorización de la apertura en función del riesgo.

Comercio minorista: aforo al 50%.

Monumentos y equipamientos culturales: aforo al 75%, grupos máximo de 15 personas.

Cines, teatros y espectáculos culturales: aforo al 75%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo al 50%.

Velatorios, funerales y otras ceremonias: interior con aforo al 50%.

Actividad física: aforo al 50%, máximo 6 personas por sala.

Actividad deportiva: en instalaciones cubiertas, aforo al 50%.

Público en eventos deportivos: Público sentado. Aforo 75%. Si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo al 50%.

Nivel 3

Hostelería y restauración: aforo del interior a un 1/3 y 6 personas por mesa; en terraza, 10 personas por mesa.

Establecimientos de ocio nocturno :cierre.

Comercio minorista: aforo de un 1/3.

Monumentos y equipamientos culturales: aforo al 50%, grupos máximo de 6 personas.

Cines, teatros y espectáculos culturales: aforo al 50%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo de un 1/3.

Velatorios y funerales y otras ceremonias: interior con aforo de un 1/3.

Actividad física: aforo de un 1/3, máximo 6 personas por sala.

Actividad deportiva: en instalaciones cubiertas, aforo de un 1/3.

Público en eventos deportivos: Público sentado. En instalaciones cubiertas, aforo al 50%. Al aire libre, aforo máximo al 50%, si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo de un 1/3.

Nivel 4

Hostelería y restauración: interior con medidor de CO2, aforo al 25% y 4 personas por mesa. Terraza, aforo al 75% y 6 personas por mesa.

Establecimientos de ocio nocturno: cierre.

Comercio minorista: aforo de un 1/3.

Monumentos y equipamientos culturales: aforo de un 1/3, grupos máximo de 4 personas.

Cines, teatros y espectáculos culturales: aforo de un 1/3. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo del 25%.

Velatorios y funerales y otras ceremonias: en el interior, aforo de un 1/3.

Actividad física; con medidor de CO2, aforo 25%; máximo de 4 personas por sala.

Actividad deportiva: en instalaciones cubiertas con medidor de CO2, aforo al 25%.

Público en eventos deportivos: Público sentado. En instalaciones cubiertas, aforo de un 1/3. Al aire libre, aforo máximo de un 1/3, si se permite el consumo de bebida y comida, aforo máximo 25%.