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El Gobierno no contratará a empresas sancionadas por “prácticas laborales discriminatorias” por razón género

EUROPA PRESS

El Gobierno de Cantabria quiere dar prioridad a la hora de sus adjudicaciones a las empresas con buenas prácticas en materia de igualdad y no contratará con aquellas que hayan cometido infracciones muy graves por prácticas laborales discriminatorias y hayan sido sancionadas tanto de forma administrativa o por sentencia firme.

Así, al menos, se recoge en el borrador del anteproyecto de Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, al que ha tenido acceso Europa Press en el que se explica que con esta norma se busca “hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres para lograr una sociedad igualitaria”.

El anteproyecto se publicará el lunes, 6 de febrero, en el Boletín Oficial de Cantabria, abriendo un periodo de participación pública, y en él se plantean medidas para la promoción de la igualdad de género en la Administración de la comunidad autónoma en diferentes ámbitos y otras dirigidas a incluir este principio en áreas de intervención pública, como la educación, el empleo público y privado, la salud, el bienestar, la cultura, el deporte, la participación social y la política, entre otros.

También con este objetivo se recuperan órganos de participación social en este ámbito, como el Consejo de la Mujer, suprimido en la pasada legislatura por el Gobierno del PP; se crean nuevos órganos de asesoramiento e instrumentos, y se establecen infracciones con sanciones económicas de entre 1.000 y 30.000 euros, y otras accesorias, para aquellos que se salten esta normativa.

Principio de igualdad

Esta normativa es de aplicación en todo el territorio de Cantabria y, en particular, en todas sus Administraciones Públicas.

Uno de los ámbitos en los que se propone actuar es en el de la contratación pública, en el que se establece la posibilidad de que los órganos de contratación de la Administración regional puedan recoger en los pliegos de cláusulas administrativas particulares “la preferencia” en la adjudicación de los contratos a las ofertas presentadas por empresas que, “en el momento de acreditar su solvencia técnica o profesional, acrediten buenas prácticas en materia de igualdad”.

Se añade, sin embargo, que esta preferencia existirá “siempre que estas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base a la adjudicación” y respetando lo que establece la Ley de Contratos del Sector Público.

También se plantea incluir la perspectiva de género como criterio de adjudicación de ayudas o subvenciones a proyectos, a personas o entidades y, si finalmente se mantiene lo que establece el anteproyecto, que tiene 131 artículos, el Gobierno “no podrá conceder ningún tipo de ayuda o subvención” a quien haya sido sancionado por discriminación por razón de sexo o por “alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente”.

40% de mujeres

También en este anteproyecto, de casi 90 páginas, se incluye una disposición final que modifica la Ley de Cantabria 6/2002 de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para establecer que en el Gobierno “ambos sexos estarán representados al menos en un 40%”.

También se quiere establecer que en el nombramiento de titulares de órganos directivos designados por el Consejo de Gobierno se observe “el principio de representación equilibrada entre ambos sexos”, lo mismo que en la composición de los órganos colegiados de la comunidad autónoma, y en la designación de directivos que no corresponda al Consejo de Gobierno, desde el nivel de subdirecciones generales y computando la representación sobre la totalidad de la Administración de la comunidad Autónoma.

Dentro del anteproyecto, hay otra disposición final que modifica la Ley de Cantabria de elecciones al Parlamento de Cantabria para obligar a que las candidaturas que se presenten mantengan una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista de personas candidatas cada uno de los sexos supongan como mínimo el 40%“, algo que hasta ahora no existía en dicha normativa.

Vuelve el Consejo de la Mujer

En el anteproyecto de ley, se prevé la recuperación del Consejo de la Mujer como “máximo órgano colegiado de participación, representación y consulta en el desarrollo de las políticas en materia de mujer” en la comunidad.

También contempla la puesta en marcha de otros órganos, como una Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno, como órgano “colegiado y permanente de apoyo a la integración del principio de igualdad y de la perspectiva de género en las actuaciones” del Ejecutivo y encargada de “impulsar y coordinar la aplicación efectiva de la normativa existente en materia de igualdad” de género.

También se alude a la creación de una Comisión para la Integración de la Perspectiva de Género en los Presupuestos regionales que tendrá que impulsar la “efectiva aplicación de la normativa existente en materia de igualdad de género en el ámbito presupuestario”.

Además, se habla de que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, se inicien los trámites para crear un Observatorio de Igualdad de Género, “destinado a detectar, analizar y proponer estrategias para corregir situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria”.

Esta ley también da un año para elaboración de un protocolo de acoso sexual y el acoso por razón de sexo e iniciar los trámites para un Plan de Igualdad de Género y la creación de un registro autonómico de planes de igualdad.

Infracciones y sanciones

En este anteproyecto se fijan tres niveles de infracciones administrativas en materia de igualdad (leves, graves y muy graves) y un régimen de sanciones.

Las infracciones leves pueden acarrear multas de hasta 1.000 euros y, como ejemplo, tendrían esta calificación el que las empresas que están obligadas por ley a elaborar planes de igualdad no lo hagan.

Las graves pueden suponer multas de hasta 15.000 euros y sanciones accesorias, como inhabilitaciones para la prestación de servicios, cierres o suspensión temporal de instalaciones o servicios y, por ejemplo, y serán, por ejemplo, para quienes desarrollen “actuaciones discriminatorias” por razón de sexo o que pueda inducir a ello siempre que no sea constitutiva de delito o falta.

También se considera infracción grave prácticas laborales discriminatorias en empresas que reciban ayudas de la comunidad autónoma; el utilizar en centros educativos libros de texto y materiales didácticos “que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su sexo”, o que utilicen la imagen de las mujeres asociada “a comportamientos que justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia contra ellas”.

La misma graduación supondrá realizar campañas de publicidad o anuncios que utilicen el cuerpo de las mujeres o partes del mismo como reclamo publicitario o que las asocie a éstas a “comportamientos que justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia contra ellas”.

Las muy graves prevén sanciones económicas de hasta 30.000 euros y aluden, por ejemplo, a comportamientos de naturaleza sexual o no, realizados en función del sexo de una persona que tengan el propósito o produzcan el efecto de atentar contra su dignidad, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo para la misma, siempre que el hecho no constituya delito.

También se considerará “muy grave” tratar de manera desfavorable a las mujeres en relación con el embarazo o maternidad de las mismas.