Absuelto en primera instancia el activista que fotografió a los agentes que ejecutaban un desahucio en Guadalajara

Carmen Bachiller

2 de marzo de 2022 13:21 h

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Guadalajara ha dictado sentencia de absolución para Diego Herchhoren, activista de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) para el que la Fiscalía pedía cuatro años y medio de prisión por fotografiar a los agentes judiciales durante el desahucio de una familia con un bebé en el barrio del Alamín, en marzo de 2019.

La magistrada del caso le absuelve de los delitos de coacciones y desobediencia de que viene siendo acusado, declarando de oficio las costas causadas, aunque abre la vía a la apelación ante la Audiencia Provincial de Guadalajara. Se da así la razón provisional a la defensa que había solicitado la absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables.

Desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara cree que se trata de “una victoria judicial con escasos precedentes”. Recuerda que la acusación provocó “un debate” en varios medios de comunicación, ONG y movimientos sociales y que incluso Amnistía Internacional advirtió que “el empleo de leyes de difamación, como el delito de injurias, con el propósito o el efecto de inhibir la crítica hacia el gobierno u oficiales públicos viola el derecho a la libertad de expresión.”

El relato de los hechos que recoge la sentencia

Los hechos juzgados se refieren a lo ocurrido hace ahora tres años, cuando el acusado comenzó a fotografiar a los miembros de la comisión judicial y a la procuradora en este caso de desahucio. Las imágenes se compartieron en Twitter y Facebook desde la página web de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas de Guadalajara junto a un comentario que decía: “Recordad estas caras, son los miembros de la comisión judicial y la procuradora de SSVPE, son quienes han dejado a una familia hoy en la calle”.

Se presentó denuncia por parte de las personas afectadas, solicitando como medida cautelar la retirada inmediata de la fotografía y el comentario lo que derivó en un auto judicial con fecha 4 de abril de 2019. Las fotografías fueron retiradas.

Durante el juicio, el acusado reconoció haber publicado la imagen y el comentario ya citado y declaró, según recoge la sentencia, que su intención era “dar publicidad al hecho en sí del desahucio y exponer a las personas que habían sido responsables del desahucio”, ejecutándolo “en condiciones muy duras”, pero también aseguró que “no tenía la idea de menoscabar el honor de esas personas”.

Negó sin embargo haber publicado comentarios posteriores como este: “Con esta medida cautelar el @poder judicial quiere atacar un método de lucha esencial para @la PAH, esto es, poder documentar gráficamente las vulneraciones del derecho a la vivienda. Seguiremos fotografiando vuestros abusos”.

La magistrada considera que “nos hallamos ante una coacción de carácter leve pues los hechos probados tienen la entidad suficiente como para producir una inquietud y desasosiego” e incluso condicionar la libertad de actuación en el desahucio, pero añade que “penalmente, pero la afectación del bien jurídico protegido es menor por lo que los hechos deben ser calificados como una coacción de carácter leve”.

De hecho recuerda que el Código Penal dispone que la coacción de carácter leve “sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal”. Una denuncia que, continúa la sentencia “no consta que las testigos hayan presentado por los hechos por lo que, faltado dicho requisito de procedibilidad, procede la absolución del acusado respecto del delito leve de coacciones”.

Además, le absuelve del delito de desobediencia. Se retiraron las imágenes y el comentario, tal y como exigía el auto de abril de 2019 y la sentencia no considera otros comentarios que se publicaron después y que no se han probado como suyos. “Lo relevante en orden a la acreditación o no del delito de desobediencia es si los comentarios en cuestión hacen referencia a la concreta actuación judicial que se menciona en el auto o tienen un carácter genérico y, en el caso presente, se trata de comentarios generales -que obviamente tienen como telón de fondo el lanzamiento del 26 de marzo- de desacuerdo a la actuación judicial en los procedimientos de desahucio”.

Creen que las peticiones de pena fueron “desproporcionadas”

Desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara dicen que las peticiones de penas en casos como este son “desproporcionadas”, aludiendo a este y a otros casos con juicio a la vista en la provincia de Guadalajara.

En su opinión, “la estrategia del miedo de la Fiscalía no les ha funcionado” y recuerda que “mucha gente acepta una condena rebajada, antes que pelear”. Algo que atribuyen a “una estrategia para obtener condenados, además de para desmovilizar a quien tenga el deseo de protestar activamente contra aquellas situaciones que considera injustas”.

Sugieren que “el objetivo es que las personas afectadas desistan de seguir protestando, y que el resto haga lo mismo, pero no lo han conseguido”.  De hecho, aseguran que la acusación contra Diego Herchhoren “consiguió el efecto contrario, ya que hizo que sonara una voz de alarma considerable, incluso en un contexto de movilización muy complicado derivado de las restricciones sanitarias”.

Llegan a hablar incluso de “escándalo” porque “la Fiscalía y el Juzgado de Instrucción han sostenido una acusación insostenible que podría haber llevado a Diego a la cárcel, por ser una petición de más de dos años de cárcel”.

El fallo judicial, aseveran, “deja claro que protestar contra las resoluciones judiciales no es ningún delito, aunque sí matiza que podría existir, si acaso, un delito leve de coacciones, si hubiera mediado denuncia previa, que tampoco la hubo”.

Un nuevo juicio por otro caso en Cabanillas del Campo

En los próximos meses se celebrará otro juicio por la protesta pacífica contra una sucursal de Caixabank en Cabanillas del Campo, en la misma provincia. Ocurría el 5 de diciembre de 2017 y fueron detenidas ocho personas activistas de la PAH. En este sentido insisten en que la Fiscalía “ha usado el Código Penal para detener movilizaciones y establecer el miedo, en este caso, a aquellas personas de la sociedad de Guadalajara más comprometidas”.

Y subrayan que “en el caso de Diego, todas las fuentes jurídicas consultadas han perseverado en lo increíble de la petición de cárcel. En el caso de las 8 de Cabanillas, las activistas suman peticiones de cárcel de hasta tres años y medio”.

El esquema volverá a repetirse, lamentan, con este otro caso en el que los activistas reclamaban constancia escrita de un compromiso previo de la entidad bancaria respecto al ofrecimiento de un alquiler social a una familia monomarental, con tres hijos, sobre la que pesaba una orden de desahucio.

La Subdelegación del Gobierno, a petición de Caixabank, ordenó esposar y detener a las ocho personas que se encontraban en la sucursal a la hora de cierre, y a las que tanto la Fiscalía como la entidad financiera piden penas de prisión que alcanzan los tres 3 años y medio, y cuyo juicio está próximo a ser señalado.