La Dirección General de Agricultura y Ganadería, después de haber detectado una prevalencia de tuberculosis muy alta en explotaciones de caprino chequeadas, partes de lesiones compatibles a tuberculosis en matadero y aislamientos de M.bovis y caprae tanto en explotaciones de vacuno como en caprino, ha incluido la totalidad de los rebaños de ganado caprino de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha dentro del Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina.
Así consta en la resolución de dicha dirección general que publica en su edición de este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la que se indica que la evolución de los indicadores epidemiológicos durante el último año frente a las enfermedades objeto de programas nacionales de erradicación en Castilla-La Mancha hace necesario revisar determinados aspectos ejecutivos.
El departamento que dirige Cruz Ponce ha determinado como zonas de alta prevalencia a Yeste, en Albacete; a Almadén, Almodóvar del Campo, Calzada de Calatrava, Malagón, Piedrabuena, y Villanueva de los Infantes, en Ciudad Real; a Cuenca; a Cogolludo, Molina de Aragón, Pastrana, y Sigüenza, en Guadalajara; y a Belvis de la Jara, Gálvez, Los Navalmorales, Madridejos, Mora, Oropesa, Talavera de la Reina, Toledo y Torrijos, en la provincia de Toledo.
Dentro de las medidas a tomar para la erradicación de la tuberculosis bovina y con el fin de controlar la transmisión interespecies de la tuberculosis, se procederá al control obligatorio de los rebaños caprinos que convivan, aprovechen pastos en común, o mantengan relación epidemiológica con rebaños de ganado bovino, y de aquellos rebaños que, aun no cumpliendo con el requisito de convivencia, se detecten mediante la encuesta epidemiológica y/o la Base de Espoligotipos como fuentes de la enfermedad para otros rebaños de bovino.
Cuando se haya obtenido el aislamiento de alguna micobacteria de la especie M.bovis en explotaciones de caprino se realizarán las actuaciones marcadas en el Plan Nacional de Erradicación de la Tuberculosis bovina en la explotación afectada y en aquellas con relación epidemiológica.
Esta relación epidemiológica también podrá abarcar todas las explotaciones de caprino de uno o varios municipios completos, en base a un análisis de riesgo y su posible repercusión en la población objetivo de bovinos.
Indemne en cuanto a brucelosis
De otro lado, en lo referido a la brucelosis, la Dirección General de Agricultura y Ganadería ha destacado que toda la comunidad autónoma está declarada oficialmente indemne a brucelosis bovina y a brucelosis ovina y caprina.
“Todo esto supone un avance importante en el estatus sanitario de las explotaciones de Castilla-La Mancha y determina, junto con el Reglamento Delegado (UE) 2020/689 antes mencionado, las actuaciones para el año 2023”, han indicado desde el Gobierno regional, que prohíbe la vacunación frente a B.melitensis y B. abortus en rebaños de ganado ovino, caprino y bovino en toda la región.
Las actuaciones incluidas en el Programa Nacional de Brucelosis Bovina y en el Programa Nacional de Tuberculosis se llevarán a cabo por los Servicios Veterinarios Oficiales (SVO) o medios propios de la Administración, con la excepción de las actuaciones en cebaderos y pruebas para movimientos que serán realizadas por los veterinarios de explotación o Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADSG).
Con el fin de poder realizar convenientemente los controles aleatorios o dirigidos y las tareas de verificación e inspección oficial para el cumplimiento de la normativa comunitaria, estatal y autonómica, los veterinarios actuantes deberán comunicar, preferiblemente por correo electrónico, a su respectiva Oficina Comarcal Agraria con una semana de antelación, el cronograma de actuaciones (día, hora de inicio y código de explotación) en lo referente a las enfermedades sujetas a los Programas nacionales de erradicación de enfermedades animales, o programas nacionales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades.
Si hubiera modificaciones, se avisará con 48 horas de antelación, y en casos justificados y de fuerza mayor, estas podrán ser comunicadas, vía telefónica, 24 horas antes o incluso el mismo día a la Oficina Comarcal. En cualquier caso, el veterinario estará obligado a establecer una nueva fecha tentativa para dicha actuación.
La adecuada limpieza y desinfección de las instalaciones ganaderas tras el sacrificio de los animales positivos es fundamental para el control y erradicación de las enfermedades. En una Orden del 3 de abril de 2018, la Consejería establecía el protocolo a seguir en las actividades de limpieza y desinfección en explotaciones ganaderas tras el sacrificio de animales positivos en los programas de erradicación.
Una vez concluidas dichas actividades, el titular deberá presentar certificado, expedido por el veterinario autorizado de su explotación, acreditativo de haber realizado correctamente dichas operaciones de limpieza y desinfección acompañando a la solicitud de indemnización por el sacrificio de los animales, en los plazos establecidos.
Se llevarán a cabo inspecciones de las actividades de limpieza y desinfección en explotaciones ganaderas tras el sacrificio de animales positivos en los programas de erradicación.
El Programa Nacional de erradicación de la tuberculosis bovina establece que los animales susceptibles de estar afectados o contaminados por tuberculosis, entre ellos se encontrarían los animales con resultado positivo o dudoso al diagnóstico, se aislarán dentro de la explotación y se prohibirán los movimientos de los mismos, salvo el caso de los animales positivos que deberán ser sacrificados sin demora en un matadero autorizado.