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El TSJ deja sin efecto la orden que aprueba el Plan de Gestión de las Zonas Zepa tras el recurso de ASAJA

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ) ha estimado el recurso interpuesto por la organización agrarias ASAJA Castilla-La Mancha contra la orden 63/2017, de 3 de abril por la que se aprueba el Plan de gestión de las zonas de Especial Protección para las Aves de ambientes esteparios (ZEPA).

Así lo ha señalado en Toledo el secretario regional de la organización José María Fresneda, que tras mostrar la sentencia, ha señalado que el Tribunal “deja sin efecto” la orden hasta que se subsanen los problemas en las formas de publicación de la normativa ya que la sentencia no entra en el contenido, sino sólo en la forma. “Las formas en las que se ha publicado la normativa no son las correctas”, y la Justicia anula la orden “por un vicio de la misma en cuanto no publica adecuadamente el Plan aprobado”, ha dicho.

Esta anulación afecta a los planes de las ocho Zepas de la región, lo que supone casi 200.000 hectáreas, son concretamente el Área Esteparia del este de Albacete , la Zona Esteparia de El Bonillo, también de la provincia de Albacete; en la provincia de Ciudad Real la de Campo de Calatrava y las Áreas Esteparias del Campo de Montiel; en Cuenca la de San Clemente; en Guadalajara las Estepas Cerealistas de La Campiña  y el Área Esteparia de la margen derecha del río Guadarrama; así como de la provincia de Toledo, Cuenca y Ciudad Real el Área Esteparia de la Mancha Norte.

El Tribunal Superior considera que, como alega ASAJA, la normativa aprueba el Plan de Gestión remitiéndose a cuatro documentos que integran el contenido del plan, pero que no fueron publicados correctamente: “A pesar de tratarse de una disposición normativa la publicación en el DOCM se ha limitado a la mera aprobación del indicado Plan de Gestión de la Zona de Especial Protección para las aves de ambientes esteparios, que agrupa los espacios Red Natura 2000 que relaciona en el anexo, con otras previsiones que literalmente reproduce, pero remitiéndose, en cuanto a los cuatro documentos que meramente menciona y que integran el contenido del Plan de Gestión, a la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sin que dicho contenido haya sido objeto de publicación”.

Tras esto, la sentencia ya toma en consideración las dos siguientes motivaciones presentadas por la organización: que tenía que haberse publicado como Decreto y no como Orden, y que la incorpora la memoria económica, ambas reconocidas por el Tribunal.

La sentencia también señala que “la validez del Plan no se ve afectada por el pronunciamiento, sin perjuicio de que mientras no se publique adecuadamente carezca de la eficacia que depende de dicha publicación oficial”.  

Contra esta sentencia cabe recurso extraordinario ante el  Tribunal Supremo.

Este es uno de los tres recursos que la organización agraria ha interpuesto contra la orden que establece los Planes de Gestión de las Zonas Zepa y fue interpuesto en mayo de 2017 y el primero que ha sido resuelto.

Fresneda, que ha estado acompañado por la presidenta de la organización en Toledo, Blanca Corroto, ha señalado que la organización quiere “un plan de gestión se adapte a las circunstancias de cada ZEPA” y que se compense adecuadamente a los propietarios de cada explotación por las limitaciones que se imponen“.

La organización además se ha  mostrado dispuesta a sentarse con la Administración regional y negociar, como ya lo han hecho anteriormente con el fin de lograr armonizar las protecciones que recoge el Plan y el desarrollo socioeconómico de los municipios, de manera que no se pongan limitaciones al sistema productivo, como las plantaciones de los leñosos o los nuevos riegos.