Tres días después de que el Gobierno de Castilla-La Mancha publicara las nuevas medidas que deben adoptar los centros socio-sanitarios, entre ellos las residencias mayores, para evitar nuevos contagios de COVID-19 tras finalizar el estado de alarma, el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma ha tumbado una de sus medidas. Considera que obligar a las personas mayores a permanecer en un solo domicilio cuando salgan de las residencias vulnera sus derechos fundamentales.
Así lo establece este tribunal en un auto sobre el decreto aprobado por el Gobierno regional. En concreto, argumenta que, ya sin el paraguas jurídico del estado de alarma, esta medida, que establece que las personas mayores deben permanecer en un “ámbito estable (un solo domicilio)” al salir de sus residencias, no estaría amparada por la Ley de de medidas especiales en materia de Salud Pública.
Es la acepción “un solo domicilio” lo que tumba la Justicia alegando que “restringe el derecho fundamental de libre circulación y residencia y que tiene un carácter genérico y no individualizado, dirigido a personas que no tienen la enfermedad”.
No obstante, el tribunal ratifica el resto de medidas contempladas en cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores y Centros de Atención a personas con Discapacidad Grave. En estos casos se establece la obligatoriedad de test PCR negativos y la pauta completa de vacunación.
En cuanto al resto de medidas aprobadas por la Consejería de Sanidad para los centros socio-sanitarios, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM no se pronuncia sobre su ratificación al no afectar a derechos fundamentales.