El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la orden de la Consejería de Sanidad por la cual acuerda medidas especiales en materia de salud pública para el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamientos o cuarentenas destinadas a la contención de la expansión de la COVID-19. Se trata de la medida anunciada hace una semana por el presidente regional, Emiliano García-Page, y que estaba pendiente de consulta judicial. Finalmente, se establece que la autoridad sanitaria consultará al gabinete jurídico cuando esta comunicación de datos pueda vulnerar los derechos fundamentales de las personas afectadas.
En primer lugar, argumenta el texto de la orden que a pesar de las medidas implantadas para el control de la transmisión, la movilidad de la población y el contacto entre personas de diferentes grupos de convivencia estable han generado “nuevas cadenas de transmisión”. Esto, añade, obliga a establecer también otras medidas adicionales de actuación, por razón de salud pública, relacionadas con el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamiento o cuarentena que se establezcan.
Se considera por tanto “esencial” intensificar la colaboración entre la autoridad sanitaria y otras autoridades con objeto de “verificar el cumplimiento de la obligación” y, en su caso, “la comunicación a la autoridad judicial competente de las resoluciones precisas para imponer el cumplimiento cuando los ciudadanos se nieguen a cumplir el aislamiento o cuarentena voluntariamente”.
Así, la orden tiene por objeto regular la obligación de las personas que se hallen en tales circunstancias de cumplir los deberes de aislamiento o cuarentena y la “comunicación de los datos necesarios para verificar su cumplimiento” a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a las policías locales “en el marco de la normativa de protección de datos de carácter personal, sanitaria y de salud pública”.
De acuerdo con las actuaciones materiales que realicen los servicios sanitarios para la contención de los brotes epidémicos de la pandemia de COVID-19, las personas afectadas “podrán quedar obligadas al cumplimiento de aislamiento” -que implica la obligación de que una persona contagiada deba permanecer en el lugar que se le indique, durante el plazo establecido en cada caso, sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas-; o al cumplimiento de cuarentena.
Comunicación de datos en caso de “ausencia de colaboración”
Esta obligación de confinamiento se comunicará materialmente, de forma verbal, por medios telemáticos o telefónicos, a la persona o personas afectadas por la autoridad o los servicios afectados y surtirá efecto de inmediato. “La obligación de confinamiento se cumplirá, preferentemente, instando la colaboración voluntaria de las personas obligadas. En los casos de ausencia de dicha colaboración en el cumplimiento de los deberes podrá requerirse la adopción de resoluciones, individuales o colectivas, de imposición coactiva que, en caso de que puedan suponer restricción de derechos fundamentales, se comunicarán también al Gabinete Jurídico para que solicite la ratificación ante el órgano judicial competente”, detalla la orden.
Llegado el caso, la Consejería de Sanidad dará traslado de esta orden a la Delegación del Gobierno y a todos los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, a efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas. La Consejería de Sanidad tendrá que dar traslado en todo caso de esta orden a la jurisdicción contencioso-administrativa a efectos de solicitar la ratificación judicial prevista en la legislación. Esta norma entra en vigor este mismo jueves.
Esta medida viene también a complementar al régimen sancionador al que el Gobierno regional quiere dar cuerpo legislativo mediante la incorporación de dos enmiendas en el proyecto de Ley de Reserva Estratégica de Productos Sanitarios.