El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha abierto juicio oral al magistrado Fernando Presencia por un presunto delito de prevaricación judicial en un caso de estafa por la compra de un local, por el que la Fiscalía pide 15 años de inhabilitación y 18 meses de multa.
El auto del magistrado de la Sala de lo Civil y Penal ha resuelto iniciar juicio oral tras instruir las diligencias previas de una querella de la Fiscalía de Castilla-La Mancha, como consecuencia de la actuación de Presencia al frente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Talavera de la Reina (Toledo).
El fiscal acusa a Presencia de un nuevo delito de prevaricación judicial, cuando tramitaba unas diligencias previas abiertas por delito de estafa en las que aparecía como investigado una persona, “con la que mantenía una relación estrecha e intensa de amistad que trascendía del mero conocimiento personal”.
En el auto, el juez incluye el escrito de la Fiscalía en el que relata que tras la compra de un local y un anejo, el investigado, aprovechando que aún constaba como titular registral de la finca en cuestión, concertó el 26 de agosto de 2008 un préstamo hipotecario sobre la finca por importe de 136.000 euros. Junto con la querella se aportaba determinada documentación, entre ella, “el documento privado de compra y venta, al tiempo que se solicitaban la solicitud a la entidad bancaria, de las escrituras de préstamo hipotecario”.
En el escrito de acusación queda reflejado que el 26 de febrero de 2014, tras la declaración al investigado, el juez Presencia “procedió a dictar un auto oral de sobreseimiento provisional en relación con el delito de estafa en presencia del propio investigado”.
Según el fiscal, el magistrado dictó una resolución “insólita y anómala” y “carente de toda cobertura legal, además de prematura en ese estadio procesal, sin oír a las partes y sin esperar al resultado de la práctica de diligencias ya acordadas (…) que devenían en indispensables, si cabe aún más, a la vista de la declaración del propio investigado”. Se refiere a diligencias de investigación tales como varias pruebas documentales solicitadas a una entidad bancaria, o la práctica de una prueba pericial caligráfica que tendría que haber sido acordada por el magistrado.
Además, el fiscal ha puesto de manifiesto que “la referida resolución oral no fue documentada de forma escrita hasta el 18 de agosto de 2015, diecisiete meses después de su dictado”, por lo que fue revocada posteriormente por la Audiencia Provincial de Toledo.
Por ello, el Ministerio Fiscal ha solicitado para Presencia una pena de 18 meses de multa, y la inhabilitación especial por 15 años para el cargo de juez o magistrado, “con pérdida definitiva del cargo que ostenta”.
El magistrado ya fue condenado a 10 años de inhabilitación por prevaricación judicial por favorecer a un imputado en un atropello.