La orden de la Consejería de Sanidad por la que se adecua las nuevas recomendaciones a la normativa nacional y deroga las medidas vigentes de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma ha entrado en vigor este martes con su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOMC).
El consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, explicó en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno que el motivo de esta decisión viene motivado porque el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
A su vez, recordó, ya se modificó el actual contexto con la aplicación de la nueva 'Estrategia para la vigilancia y control de Covid-19 tras la fase aguda de la pandemia' el 23 de marzo de 2022, en la que se priorizaban las acciones encaminadas a controlar el impacto en cuanto a gravedad y letalidad de la infección por SARS-CoV-2 en pacientes mayores de 60 años e inmunodeprimidos.
Por ello, insistió, las medidas deben centrarse en la protección de estas personas con intervenciones tanto farmacológicas (dosis de refuerzo de vacuna si es necesario y acceso temprano a tratamientos antivirales) como no farmacológicas, especialmente en los centros residenciales de mayores por su especial vulnerabilidad.
La elevada cobertura de vacunación en Castilla-La Mancha, así como la inmunidad natural adquirida por la población a lo largo de la pandemia ha tenido como consecuencia el descenso de la gravedad y la mortalidad por la enfermedad, lo que ha llevado a suprimir las medidas de salud pública que en su día fueron necesarias, por lo que se deroga el Decreto 96/2021, de 23 de septiembre, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Sin embargo, Fernández Sanz indicó la importancia de seguir insistiendo en las recomendaciones generales de prevención e higiene frente a Covid-19, cuya efectividad ha quedado ampliamente demostrada a lo largo de toda la pandemia, como son respetar la distancia interpersonal mínima de un metro y medio siempre que sea factible.
La orden contempla el uso obligatorio de mascarillas en los términos previstos en el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covi-19, o en la normativa que la sustituya o evitar toser directamente al aire, haciéndolo preferentemente en un pañuelo desechable o en el ángulo interno del codo y evitar tocarse la cara, la nariz y los ojos.
También contempla la higiene frecuente de manos con agua y jabón, o en su defecto, con geles hidroalcohólicos, la limpieza, desinfección y ventilación de los espacios, el mobiliario y las superficies utilizados, o ante la presencia de síntomas compatibles con la COVID-19, ha pedido actuar según lo establecido en los protocolos de vigilancia epidemiológica vigentes en cada momento.
Además, recomienda optar por la realización de actividades al aire libre siempre que sea posible, el uso preferente de pago con medios que no supongan contacto físico, que la ventilación de los espacios interiores se realice con carácter permanente y con aire proveniente del exterior o el uso responsable de la mascarilla.
Medidas en residencias
El DOCM también publica en su edición de este martes una resolución de la Consejería de Sanidad --que también entrará en vigor hoy-- que tiene por objeto aprobar las medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial regional para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Así, apunta que las visitas y salidas en las residencias de personas mayores, viviendas para personas mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atención a personas con discapacidad grave se mantendrá con normalidad.
Las personas responsables de los centros informarán a las personas visitantes de las medidas de prevención e higiene contenidas en el plan de contingencia del centro y la persona que acuda a la visita no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus.
Se recomienda que durante el tiempo que dure la visita la persona residente también utilice la mascarilla y quedan suspendidas las visitas y salidas de las personas positivas al virus o tengan síntomas compatibles con la enfermedad.
En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores, viviendas de mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atención a personas con discapacidad grave, se estará a las siguientes condiciones, se mantendrán con normalidad.
En todos los casos debe extremarse la vigilancia activa de síntomas compatibles con la COVID-19 y se recomienda la realización de prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) a las personas que ingresen o reingresen al centro.
En relación a la actividad en los centros de día de personas mayores y personas con discapacidad, servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, así como servicios de promoción de la autonomía personal, no podrán acudir a dichos centros las personas que presenten cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus.
Se continuarán aplicando en su funcionamiento las normas, protocolos y acuerdos aprobados y recogidos en el plan de contingencia del centro. Además, en el caso de que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se actuará conforme a la normativa en vigor en cada momento.
En el caso de que se preste el servicio de transporte colectivo, se eberá procederse a la limpieza y desinfección diaria de los vehículos del servicio de transporte por carretera de más de nueve plazas y se recomienda que cada vez que se baje la persona ocupante, se limpien los pomos y botones de accionamiento de las ventanillas y cinturones de seguridad y que se ponga a disposición de las personas usuarias sustancias hidroalcohólicas.
Asimismo, se podrán utilizar todos los asientos, no obstante, si el nivel de ocupación lo permite, se procurará la máxima separación y se prohíbe la ingesta de líquidos y sólidos, mientras dure el trayecto.
En cuanto al personal de atención directa en centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad, si la persona tiene sintomatología compatible con la enfermedad, llamará a su centro de trabajo y a su centro de salud, quien procederá con arreglo a lo dispuesto en la “Estrategia de Vigilancia y Control Frente a COVID-19 tras la Fase Aguda de la Pandemia” de 23 de marzo de 2022.
Si ha tenido contacto con algún residente con sintomatología o con PCR positiva, la autoridad sanitaria procederá en consecuencia, se recomienda que, durante 5 días, aquellas personas trabajadoras que retornen de permisos y vacaciones (por un periodo superior a 15 días) no estén en contacto con personas residentes no vacunadas.
También se recomienda que a las personas trabajadoras no vacunadas no se les asigne el cuidado de las personas residentes no vacunadas y, en su caso, a las que aún no hubieran completado la pauta de vacunación.
A las personas trabajadoras que rechacen la vacuna o que no hayan completado su vacunación, se les realizará control de temperatura diaria y pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) dos veces por semana, como medida específica de evaluación del riesgo y de prevención en estas personas trabajadoras.