El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey contra la aprobación de la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una macrogranja de la empresa Hermanos Matas de Huerta S.L. en Huerta de la Obispalía, con lo que se anula la autorización. Así lo señala una sentencia del pasado 11 de septiembre, en la que se señala que el medio ambiente “no ha sido valorado”, según explican desde Pueblos Vivos Cuenca, en relación al tratamiento de purines.
El documento hace, en efecto, mención al tratamiento de purines, señalando que la administración autorizante, es decir la Junta de Comunidades, “debía tener la certeza, no una mera suposición” de que la gestión de los purines no afectará ni acuíferos o manantiales de agua en la localidad, “especialmente” en el caso que fueran destinados al consumo humano.
El recurso, interpuesto por el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, se basaba en que no se había tenido en cuenta la acción sinérgica del resto de las explotaciones porcinas de la empresa promotora con un total de 5 explotaciones en el municipio vecino de Huerta de la Obispalía que suman 22.000 plazas de cebo y 2.500 madres, según explica Pueblos Vivos Cuenca. Esto “conlleva una incorrecta gestión de los purines y no se justifica en el estudio ambiental” presentado por los promotores que la contaminación de las aguas de los núcleos que componen el municipio de Torrejoncillo no proceda de la aplicación indiscriminada de purines.
En la sentencia también se señala que existe una “ausencia de análisis” en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) “de los riesgos acumulados o sinérgicos del proyecto” con la totalidad de la actividad ganadera en esa misma zona. Esto se señala como una “omisión relevante” que puede “desnaturalizar” el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La sentencia advierte de que este proceso “debe ser el adecuado para preservar de forma integral los intereses ecológicos concurrentes en esa zona, pues podría llegar a condicionar el resultado de la decisión o, en su caso, las medidas y correcciones necesarias”. Es por eso que se admite el recurso del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey.
El recurso se basaba en que no se había tenido en cuenta la acción sinérgica del resto de las explotaciones porcinas de la empresa promotora con un total de cinco explotaciones en el municipio vecino de Huerta de la Obispalía que suman 22.000 plazas de cebo y 2.500 madres. “Esto conlleva una incorrecta gestión de los purines y no se justifica en el estudio ambiental presentado por los promotores que la contaminación de las aguas de los núcleos que componen el municipio de Torrejoncillo no proceda de la aplicación indiscriminada de purines”, dicen desde Pueblos Vivos Cuenca.
Dicha asociación valora que la sentencia dé la razón al Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, confirmando que no se ha hecho un análisis del impacto acumulado de las cinco explotaciones del municipio colindante: “La ausencia de un análisis en la Declaración de Impacto Ambiental de los riesgos acumulados o sinérgicos del proyecto con la totalidad de la actividad ganadera en esa misma zona se debe considerar como una omisión relevante que desnaturaliza el procedimiento de evaluación de impacto ambiental que debe ser el adecuado para preservar de forma integral los intereses ecológicos concurrentes en esa zona”.
Agua para beber contaminada por nitratos
Desde Pueblos Vivos Cuenca recuerdan además que “los habitantes de Torrejoncillo del Rey no pueden consumir agua del grifo ya que supera los niveles permitidos de nitratos”. La asociación afirma que las últimas analíticas de junio 2023 realizadas por el laboratorio Labaqua Alicante, “muestran un nivel de 81 miligramos de nitratos por litro de agua cuando el máximo permitido por la ley es de 50 mg/litro”. Según esta asociación, el problema de la contaminación por nitratos “viene de largo”, ya que en noviembre de 2021 la analítica ya arrojaba un nivel de 76 mg/litro.
En la demanda del Ayuntamiento también se planteaban los problemas de malos olores, propagación de moscas y los daños sobre las infraestructuras que no habían sido considerados en la evaluación ambiental desarrollada por el promotor. Igualmente, las distancias de las granjas con el suelo urbano de Huerta de la Obispalía no se correspondían con lo señalado en la normativa actual, incumpliéndose las prescripciones urbanísticas y sanitarias vigentes.
Finalmente, Pueblos Vivos Cuenca recuerda que en enero de 2018 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ya condenó a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por otorgar autorización ambiental integrada (AAI) a otra macrogranja porcina también propiedad de la empresa Hermanos Matas de Huerta S.L. “Sin embargo, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural se negó a cumplir la sentencia y la Consejería de Medio Ambiente aceleró los trámites para una nueva AAI, lo que supuso que en la práctica que no hubo ni un solo día de paralización de la actividad de la macrogranja”, lamentan.