El Tribunal Supremo (TS) ha acordado conceder un plazo de 24 horas a la Junta Electoral Central (JEC) y al Ministerio Fiscal para que realicen alegaciones a la medida cautelar solicitada por Vox de ser incluido en los debates programados para los grupos parlamentarios el 31 de enero y el 9 de febrero, así como en otros que se convoquen en medio público o privado en la campaña de las elecciones autonómicas de Castilla y León.
La Sala considera que con este plazo de un día se concilia la prontitud en la adopción de la resolución que corresponda con la naturaleza de las circunstancias, teniendo en cuenta que el primer debate al que podría afectar la petición de Vox está previsto para el próximo lunes 31 de enero.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no considera necesario por tanto resolver el incidente planteado por Vox como medida cautelarísima (en la que no se piden alegaciones al resto de partes) y determina tramitarlo como una medida cautelar ordinaria aunque con un plazo para alegaciones muy corto.
Vox ha presentado recurso contra el acuerdo de la JEC del pasado 20 de enero, que confirmó su no inclusión en debates electorales durante la campaña en Castilla y León, y solicitó como medida cautelarísima mientras se resuelve dicho recurso que el Tribunal Supremo acordase su participación en los mismos.
El artículo 31 bis de la Ley Electoral de Castilla y León establece la obligatoriedad de organizar al menos dos debates públicos durante la campaña electoral entre los candidatos a la presidencia de la Junta de Castilla y León de las formaciones políticas que tengan grupo parlamentario propio en las Cortes. En esta ocasión, solo tienen grupo parlamentario el PSOE, el PP y Ciudadanos. En el grupo mixto están Podemos-Equo, UPL, Por Ávila y Vox.