La Justicia condena a un hombre a 9 meses de prisión por retener a un lobezno y maltratarlo hasta la muerte
Un hombre ha sido condenado a nueve meses de prisión y el pago de más de 9.000 euros por haber sido considerado autor de un delito de maltrato animal hacia un lobezno de unos tres meses al que mantuvo retenido en el año 2020, circunstancia que le causó importantes heridas y estrés, además de falta de alimento e hidratación, y que acabó con su vida.
El Juzgado de lo Penal número 1 aclara dos años después de ocurrir los hechos lo que verdaderamente pasó en un episodio poco claro cuando saltó la primera noticia de una cría de lobo ibérico que había sido recuperada por la Guardia Civil, según se dijo en un primer momento “en buen estado físico”.
La entrega se produjo a la Junta de Castilla y León, que decidió el traslado del animal al Centro de Recuperación de Animales Salvajes (Cras) de Valladolid, puesto que en León sigue no hay un centro de este tipo. Y pocas horas después de la buena noticia, se tuvo conocimiento de que el mal estado en el que se encontraba el animal provocó un final trágico. Su muerte se produjo el 22 de agosto aunque todo trascendió días más tarde, dejando numerosas incógnitas. Sobre todo después de ver el vídeo facilitado por la Guardia Civil.
Tanto la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León como la Fiscalía protagonizaron la acusación, después de que lo anunciara pero no lo ejerciera también la asociación Lobo Marley. Esa condena, además de los meses de prisión -que no son suficientes para que ingrese en ella, ya que el hombre no tiene antecedentes- conlleva el pago a la propia Junta de una indemnización de 9.261 euros más intereses.
Se trata de la cifra en la que el animal fue valorado por la Sección de Caza del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en León, es decir, asumiendo su valor como pieza de caza en virtud de lo que la administración autonómica habría podido ingresar en una posible subasta cinegética del animal cuando fuera adulto.
El condenado deberá abonar las costas de todo el proceso y de paso queda inhabilitado durante dos años y cuatro meses “para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de aquellos”, según la magistrada.
Retuvo a dos lobeznos en su casa durante “varias semanas”
El Juzgado considera probado que el acusado había retenido no a uno sino a dos lobeznos en su casa de Abelgas durante “al menos, varias semanas” antes del 20 de agosto de 2020. El hombre, ya condenado, declaró haberse encontrado al cachorro pocas horas antes enredados en unos cables y “sin saber bien” qué animal era.
La magistrada resalta en la sentencia el hecho de que “cuando entregaron el primero de los ejemplares, no hicieran mención al segundo cachorro, el cual no fue cedido hasta que no fueron requeridos por los agentes de la Guardia Civil, tras tener conocimiento de su existencia por aviso de una persona” que lo puso en conocimiento del Seprona.
Según el testimonio de los agentes medioambientales, en realidad quienes los habían retenido “le dijeron que no se la querían entregar porque querían cuidarla y tener crías con alguno de sus perros”, cruzándoles con la joven lobezna. Por eso había permanecido atada en el corral de su domicilio, presumiblemente atada.
“Insuficiencia alimentaria” con síntomas de estrés
En el centro de recuperación de Valladolid se certificó la causa de la muerte por un fallo multiorgánico a consecuencia de una “insuficiencia alimentaria”, con síntomas de “estrés y una fuerte deshidratación”.
El responsable del equipo veterinario remarcó no sólo que el animal, de entre 2,5 y 3,5 meses, debería haber pesado el doble, sino que rechazó que las heridas que presentaba fueran compatibles con ningún enredo en alambres, como mantenía la defensa del vecino.
“Tenía lesiones compatibles de haber estado cautividad, las uñas muy cortas, enrasadas por rozamiento contra suelos abrasivos como el hormigón y ya en cicatrización, y en cuello posiblemente por llevar collar”, lesiones que al menos se habían producido durante una semana, admite la sentencia como probado. Y continúa añadiendo que “su comportamiento también era propio de animales en cautividad” y “aunque hubiera sido tratado un día antes no hubiera salido adelante”.
La condena puede ser todavía recurrida por la defensa del vecino como apelación ante la Audiencia Provincial de León.
2