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El Tribunal Supremo ratifica la invalidez del decreto de 2018 de la Junta de Castilla y León sobre la regulación de la caza

Archivo - Un cazador camina junto a un perro, el primer día de inicio de la media veda en Castilla y León, en Olmedo, a 15 de agosto de 2021, en Valladolid, Castilla y León (España).

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El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del Decreto de especies cinegéticas de Castilla y León de 2018 “por un error de procedimiento al no facilitarse suficiente información del expediente administrativo a los miembros del Pleno del Consejo Regional del Medio Ambiente de dicha comunidad para que pudiera emitir su informe”. La norma autonómica también recogía el aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo apunta en la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es a la falta de suficiente información en el expediente dirigido a los miembros del Pleno del Consejo Regional del Medio Ambiente de Castilla y León para que estos emitiesen luego un informe al respecto.

“El órgano consultivo ha de disponer de toda la documentación relevante para poder emitir una opinión fundada sobre la corrección o incorrección de la norma que se está elaborando”, apostilla el fallo.

La sala también reflexiona sobre si los principios de transparencia y/o buena administración exigen comunicar al órgano consultivo, que ha de emitir informe preceptivo en la elaboración de una disposición general, toda la documentación del expediente administrativo seguido para su elaboración y, en su caso, el alcance invalidante del defectuoso cumplimiento de tal comunicación.

En las conclusiones, el Supremo señala que “resulta meridianamente claro que el Pleno del Consejo Regional del Medio Ambiente de Castilla y León debió tener a su disposición todos los documentos que reunían la información necesaria para poder pronunciarse sobre la bondad y legalidad de la norma que se estaba elaborando, sin que sirva de justificación para hurtar a los miembros del Consejo la disponibilidad de esa documentación su naturaleza técnica o su extensión”, como ocurrió en este caso.

La Sala ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por la Comunidad Autónoma de Castilla y León contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad que dio la razón al Partido Animalista Contra el Maltrato Animal (PACMA) y ha declarado la nulidad del citado decreto, por el que se modificó el Decreto 32/2015.

A raíz de llevar a los tribunales este decreto de 2018, la Junta de Castilla y León ha tenido que elaborar una nueva normativa que entró en vigor en verano de 2021 y que tampoco estuvo exenta de polémica ya que el Tribunal Constitucional anuló los artículos de esta ley ya que se permitía cazar lobos al norte del río Duero por recreo o deporte.

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