Seis tuits con insultos no son suficientes para cometer un delito de injurias. Sobre todo si algunos de los calificativos –“mentirosa”, “malvada”, “peligrosa”– son una cita literal del estribillo de ‘Que la detengan’, la famosa canción de David Civera. Así lo ha concluido el juez que ha absuelto a la mujer acusada de menospreciar a una de las funcionarias más conocidas del procés, la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ) que dio fe de los registros del 20 de septiembre de 2017 en la conselleria de Economía.
El caso juzgado en Barcelona es una de las derivadas del proceso soberanista que todavía colean por las salas de vistas catalanas. La comparecencia como testigo en el juicio del procés de la Letrada del juzgado de instrucción 13 de la capital catalana, Montserrat del Toro, derivó en varios tuits insultantes o que se burlaban de su declaración, en la que la funcionaria explicó que sintió terror por la manifestación que se convocó frente al departamento en protesta por los registros previos al 1-O.
De los miles de tuits lanzados contra la funcionaria, los Mossos d’Esquadra, en un atestado, señalaron a cinco usuarios de la red social. Tres de ellos ya han sido absueltos y dos están pendientes de juicio. La última tuitera exonerada ha sido una mujer, defendida por la letrada Laura Medina, de Baula Advocacia, que se sentó en el banquillo por seis tuits injuriosos, a criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Le pedían dos años de cárcel, en línea con el resto de casos.
Para Medina, el caso es un ejemplo de la “sobreprotección excesiva” que se otorgó a la letrada del juzgado de instrucción 13. En el caso de su defendida, que solo tenía 117 seguidores, los seis tuits además se escribieron un día después de su declaración en el Supremo, pese a lo cual la Fiscalía y la Abogacía acusaban a la tuitera de obstrucción a la Justicia y de querer coaccionar a Del Toro de cara a su declaración en el Supremo. Los mensajes recibieron solo un retuit y un ‘me gusta’.
Los tuits objeto de juicio –se han corregido para esta información las varias faltas de ortografía que contenían– muestran la animadversión de la acusada frente a Del Toro, aunque no resulte delictiva.
“Pues sí señores, esa española muy española que vino a saquearnos dinero a Catalunya tuvo mucho miedo de nosotros los catalanes. Tiene tanto miedo que sigue aquí para seguir robándonos y oculta su rostro mientras miente descaradamente”, rezó el primer mensaje del 7 de marzo de 2019 por la mañana.
Pocos minutos después, la acusada colgó la fotografía de Del Toro acompañándola de una cita a la canción de Civera: “Que la detengan, es una mentirosa, malvada y peligrosa”. Por la tarde, la tuitera prosiguió con sus insultos en redes, con un tuit en el que tildaba de “ansiosa” y “facha asquerosa” a la funcionaria.
Días después, la acusada hizo otros tres tuits riéndose de que Del Toro hubiera querido salir en helicóptero de la conselleria el 20 de septiembre de 2017 y de que hubiera pedido ocultar su rostro en su declaración en el Supremo.
“No consta acreditado el vilipendio”
El magistrado es rotundo en su sentencia. “No consta acreditado que la acusada persiguiera el vilipendio” de la funcionaria, expone el juez, ni que con sus tuits la mujer buscara “el mayor número de insultos y escarnio general más allá de la propia voluntad de hacerlo por sí misma al utilizar las palabras facha y asquerosa”.
La difusión de la fotografía de la funcionaria no resulta delictiva, explica el juez, porque la tuitera acusada no fue quien accedió originalmente a la imagen, sino que se limitó a copiar la que ya circulaba por las redes sociales.
Sobre los insultos que contenían los tuits, el juez ve solo potencialmente delictivos los calificativos “facha” y “asquerosa”, si bien el contexto en el que se produjo la declaración de Del Toro hace que no rebasen la línea del Código Penal. Unas palabras, por mucho que sean injuriosas, pero referidas a una declaración en un juicio de máxima actualidad y retransmitido en directo hace que estos dos insultos “no superen el necesario juicio de proporcionalidad para constituir un delito de injurias”, resuelve el magistrado, que sí deja la puerta abierta a Del Toro a reclamar por la vía civil.
Las expresiones “malvada” y “mentirosa”, argumenta la sentencia, no pueden verse por separado de la expresión inicial “que la detengan”. Para el juez, el tuit que formaba parte de la acusación “más bien parece un uso jocoso que insultante en tanto que resulta notorio que forman parte de la canción de David Civera titulada ‘Que la detengan’, popular a principios del presente siglo y recurrente desde entonces”.
Tampoco puede “desmerecerse”, según el magistrado, que la tuitera acusada tildara de “mentirosa” a Del Toro en una forma de mostrar su “opinión personal” sobre su declaración en el juicio del procés, lo que hace que su parecer esté protegido por la libertad de expresión.
Para el togado, ninguno de los tuits reúne los “elementos objetivos” para constituir un delito de obstrucción a la Justicia “en clave de represalias” por lo que la funcionaria declaró en el Supremo. Ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, ahonda el juez, “anudan un objetivo específico a la pretendida intimidación” de los tuits, que tampoco incitaban a la violencia ni a la intimidación.
“La afectación anímica propia del ataque a la dignidad, el honor o la fama que narró” Del Toro en el juicio, resalta el magistrado, “en absoluto pueden considerarse actos de intimidación en el sentido jurídico penal”. El juez también ve “imposible” encajar los tuits en el tipo penal de coacciones. Fiscalía y Abogacía del Estado pueden recurrir la sentencia.
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