La Audiencia de Barcelona reabre la causa contra Ada Colau por las subvenciones a entidades sociales

El Ayuntamiento de Barcelona no logra cerrar sus frentes judiciales. La Audiencia de Barcelona ha decidido reabrir la causa contra la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, por las subvenciones del consistorio a entidades sociales que el juez de instrucción había archivado el pasado mes de julio.

En un auto, los magistrados de la sección 5ª de la Audiencia de Barcelona atienden el recurso de la Asociación por la Transparencia, la entidad opaca y sin actividad conocida en Barcelona más allá de pleitear contra la alcaldesa que se querelló contra Colau por las subvenciones. En cambio los togados desoyen las peticiones de la Fiscalía y la defensa de Colau, que pedían confirmar el archivo de la causa.

La reapertura de un caso que parecía abocado al archivo del juzgado supone un problema para Colau, que vuelve a estar imputada a siete meses de las elecciones municipales. El juez podría decretar de nuevo el archivo del caso una vez completadas las pruebas que la Audiencia de Barcelona le ordena recabar (dos declaraciones de testigos y documentos sobre resúmenes anuales de las subvenciones). No hay todavía fecha para las testificales.

La posibilidad de que Colau llegue a la campaña con la causa abierta es alta. Más aún porque, del auto de este viernes, se desprende que la Audiencia de Barcelona da una importancia caudal a que Colau hubiera militado en la PAH, entidad que luego subvencionó como alcaldesa. Uno de los abogados de Colau, Àlex Solà, ha valorado que la decisión de la Audiencia “alarga el proceso de forma artificial y sin base”, y ha mostrado su convicción de que el caso no llegará a juicio.

Por su lado, la alcaldesa ha recordado que la asociación denunciante es “una entidad fantasma, que solo se la conoce por pleitear contra el Ayuntamiento para evitar plantear un debate sobre la gestión pública del agua”. A juicio de Colau, la Asociación por la Transparencia hace “un mal uso de la Justicia”. “Si lo que pretenden es asustarnos, nos reafirman en defender el derecho a la vivienda y la gestión pública del agua”, ha apostillado.

El caso

Fiscalía y defensa compartían que una vez recabados los expedientes de las subvenciones investigadas y completadas las declaraciones de Colau y una interventora municipal, que defendió que no hubo irregularidad alguna, ya no quedaban más diligencias que practicar y procedía archivar la causa.

El instructor aceptó los argumentos de Fiscalía y defensa y destacó que la interventora “nunca observó ninguna conducta que tuviera trascendencia penal”, al tiempo que concluyó que “no existió conducta ilícita alguna atribuible” a la alcaldesa, habida cuenta de que delegó todo el proceso de tramitación de las subvenciones en la gerencia de servicios sociales del Ayuntamiento.

En cambio los jueces de la Audiencia de Barcelona cuestionan la relevancia y veracidad del testimonio de la interventora. Que la funcionaria dijera que no vio irregularidad en las subvenciones “no puede ser tenido en consideración” para resolver sobre si las ayudas son delictivas, aducen los togados. Además apuntan a que la interventora “pudo hallarse condicionada”, y le reprochan no haber suspendido el procedimiento de concesión de ayudas.

Los jueces rechazan investigar todas las subvenciones municipales, como quería la Asociación por la Transparencia, y limitan las pesquisas a los convenios que firmó el consistorio con cuatro entidades a las que ve vínculos con la alcaldesa: el Observatorio DESC, la Aliança contra la Pobresa Energètica, Enginyeria Sense Fronteres y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), esta última ya subvencionada por el consistorio convergente de Xavier Trias.

Al contrario que el instructor, los jueces de la Audiencia de Barcelona ven un posible delito de prevaricación en Colau y no una mera infracción administrativa por “conceder de forma recurrente, reiterada, subvenciones de forma directa” a las cuatro entidades entre 2016 y 2020 mediante convenios bianuales. Las ayudas investigadas ascienden a 1,2 millones de euros.

El motivo que dan los jueces para limitar la investigación a estas cuatro entidades es que Colau “ha tenido una vinculación o relación estrecha” antes de ser alcaldesa con la PAH (de la que fue portavoz entre 2009 y 2014) y el Observatorio DESC (de quien fue trabajadora desde 2007 a 2015).

Al ser “entidades con poca estructura”, los jueces ven “razonable” que Colau conociera por su trabajo antes de ser alcaldesa que una fuente de financiación relevante de las entidades venía de las subvenciones directas. Y reprochan que no se cambiara el sistema de ayudas al llegar a la alcaldía, al considerar que desde 2014 “había tiempo suficiente” para preparar concursos públicos competitivos.

Colau, abundan los magistrados, “debía ser conocedora” que las entidades seguirían solicitando subvenciones una vez ella se convirtiera en alcaldesa y que las ayudas se darían de forma directa, “lo que suponía orillar la materialización de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad igualdad y no discriminación”.

Afean los jueces a la alcaldesa que no se abstuviera en la votación formal de concesión de las ayudas que realizaba la comisión de gobierno municipal y que tampoco informara a los ediles de que “al menos en apariencia podía haber una colisión de intereses”. Ello habría ayudado, según la Sala, a que el resto de concejales se percataran “de la ilegalidad” de las subvenciones, ya que la interventora no había suspendido las ayudas.