La ley catalana contra los desahucios ha permitido detener más de 4.000 en nueve meses
La ley catalana 24/2015 para hacer frente a la emergencia habitacional y la pobreza energética ha permitido detener en nueve meses 4.286 desahucios en 12 municipios. La ley fue aprobada en julio de 2015 pero suspendida parcialmente por el Tribunal Constitucional (TC) en junio de 2016. Durante los meses en que la medida estuvo en vigor se resolvieron 2.554 casos de emergencia habitacional y se consiguieron 914 alquileres sociales.
Esta información se desprende del informe sobre emergencia habitacional y pobreza energética elaborado por el observatorio DESC, la PAH y la Alianza contra la pobreza energética al que ha tenido acceso este diario. El estudio hace un diagnóstico de la situación del derecho a la vivienda recogiendo datos de 12 ayuntamientos que han participado en el espacio de trabajo impulsado por el grupo promotor de la ILP, constituido por estas tres entidades. El documento aporta los datos actuales y los de los últimos años sobre la situación referente a estos municipios.
Estos doce ayuntamientos -Badalona, Barcelona, Girona, El Hospitalet de Llobregat, Lleida, Mataró, Sabadell, Sant Cugat, Reus, Santa Coloma d e Gramenet, Tarragona y Terrassa- representan el 43% de la población de Catalunya y en 2015 soportaron el 54% del total de desahucios producidos en todo el territorio catalán.
Pero más allá de los desahucios que ha permitido detener esta medida, el informe recoge datos referentes a pobreza energética. Durante estos nueve meses se han parado 4.399 cortes de suministro básicos en los 12 municipios estudiados. Durante todo este tiempo en toda Catalunya se hicieron 121.224 cortes, y según datos de la Agencia Catalana de Consumo, la ley ha permitido detener 32.000 en toda la comunidad autónoma. La ley prevé en el artículo 6 la prohibición de efectuar un corte sin comprobar previamente la situación de la persona a través de los servicios sociales, un punto que no ha sido derogado por el TC. Esto permite a los ayuntamientos poder seguir sancionando a las empresas que no actúen de esta forma.
La medida 24/2015 que entre otras cosas obligaba a los propietarios a ofrecer una alternativa de alquiler social a las familias vulnerables antes de ejecutar un desahucio o la obligación de estos grandes propietarios a ceder pisos vacíos a las administraciones para uso social, ha permitido a los ayuntamientos detectar y sancionar a los grandes propietarios, ya sean bancos o inmobiliarias, que tienen pisos vacíos. En Barcelona se han abierto 17 expedientes sancionadores, 56 en Hospitalet y 2 en Badalona, según el informe.
Realojos y movilización de vivienda
La fotografía más reciente que recoge el informe muestra que se han logrado 314 daciones en pago, 328 refinanciaciones de hipotecas y 63 finiquitos en los 12 municipios encuestados.
El documento, que según sus promotores se ha hecho para “tener datos más reales sobre el estado de la cuestión y sobre la respuesta actual y futura de la administración”, constata que para resolver el problema de la vivienda es muy importante movilizar las viviendas vacías que no están cumpliendo su función social. Esto es, captar las viviendas vacías para ofrecerlas a familias en riesgo de exclusión residencial a un precio que corresponda el 10, 12 o 18% de los ingresos que tienen estas familias. Según los datos recogidos por el informe estos doce municipios han logrado movilizar 577 viviendas vacías.
En estos territorios, además, durante el último año se han realizado 596 realojos. Esta medida se aplica como último recurso si la mediación u otras herramientas para resolver el problema de la vivienda no han funcionado. En estos casos la administración debe hacerse responsable y realojar a la persona desahuciada. Este es otro de los puntos que no ha quedado derogado por el TC.
Por último en estos 12 municipios 300 pisos propiedad de entidades financieras han sido cedidos a los ayuntamientos a través de convenios para poder ampliar la oferta de alquiler social.