La Generalitat sancionará los pisos vacíos muy por debajo de lo que permite la ley
Más de 136 ayuntamientos ya han aprobado una moción impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca para multar a los pisos vacíos en aplicación de la ley catalana del derecho a la vivienda. Ahora el gobierno de la Generalitat hace público su anteproyecto de ley del impuesto sobre las viviendas vacías que establece nuevas sanciones notablemente inferiores a lo que permite la legislación vigente.
El texto prevé que la administración pueda cobrar un impuesto de entre 500 y 1.650 euros a los propietarios de viviendas que lleven más de dos años desocupadas “sin causa justificada”. En cambio, la ley en vigor, aprobada por el tripartito, contempla multas que pueden alcanzar los 900.000 euros por vivienda. No obstante, esta medida no ha sido nunca aplicada por la Generalitat.
Dado que hasta ahora el gobierno no aplicaba ningún tipo de sanciones, desde la PAH celebran la medida y la consideran una victoria más de la lucha por el derecho a la vivienda. “Celebramos que la Generalitat dé un paso adelante y se decida a aplicar lo que ya es un clamor popular, pero consideramos que la medida llega tarde”, asegura Mercè Pidemont, miembro de la PAH que forma parte de la comisión que ha llevado las mociones a los ayuntamientos. “La actitud de los ayuntamientos demuestra que las otras administraciones ya han empezado a moverse y de forma más eficiente”, añade.
La activista explica que, aunque positiva, “la medida por sí sola es insuficiente”. “Si realmente quieren movilizar el parque de viviendas vacías deberían apoyar las mociones de la Plataforma, que son complementarias a este proyecto”, asegura. Aunque el anteproyecto de ley establece bonificaciones para las entidades que dispongan de viviendas en alquiler asequible, Pidemont remarca que “simplemente grava los pisos vacíos, no emplaza a los bancos a poner los pisos a disposición de un parque de vivienda social”.
La ley del derecho a la vivienda, recortada por CiU
Además de plantear medidas para poner los pisos vacíos a disposición de un alquiler asequible, la ley del derecho a la vivienda de Catalunya, aprobada en 2007, también contemplaba otras medidas como el alquiler forzoso o la expropiación temporal en caso de incumplimiento de la función social de la vivienda. No obstante, estos artículos de la ley, similares a la famosa legislación aprobada por el gobierno de Andalucía, fueron eliminados por el gobierno de CiU con el apoyo del PP entre las medidas de la “ley Ómnibus” sin que hubieran llegado a ser aplicados.
Lo que todavía mantiene la legislación, y que ahora empiezan a aplicar algunos ayuntamientos, es la posibilidad de sancionar como infracción muy grave el hecho de mantener vacía una vivienda después de que la Administración haya adoptado las medidas establecidas para evitar la desocupación permanente. La multa puede ser de hasta 900.000 euros si la impone la Generalitat, 500.000 si lo hacen los los ayuntamientos de más de 100.000 habitantes o a 250.000 si lo hacen los de más de 5.000.
“Es una ley aprobada desde 2007 de la que hay un desconocimiento absoluto y que nadie había aplicado”, remarca Pidemont. “Nosotros nos hemos dirigido a los ayuntamientos, hemos pedido que la aplicaran y hemos tenido una respuesta más que positiva, y también nos dirigimos a la Generalitat, pero aquí no hemos tenido respuesta”, afirma.
Un impuesto en vez de una multa
Parece ser, con la presentación de este anteproyecto, que la Generalitat no tiene intención de aplicar las sanciones que establece la normativa actual y ha optado por crear un impuesto específico. Será una tasa progresiva y crecerá en proporción al número de viviendas vacías en propiedad. Las entidades que tengan hasta 120 viviendas vacías, pagarán 500 euros anuales por piso, las que tengan entre 120 y 600, pagarán 825 euros, y las que tengan más, 1.650 euros.
En cuanto a las cantidades, la activista de la PAH afirma que “aunque para el ciudadano de a pie puedan parecer cantidades muy elevadas, para los bancos es calderilla”.
Por otra parte, la ley incorpora bonificaciones de este impuesto en relación al porcentaje de viviendas que la propiedad destine al alquiler asequible, que pueden ir del 10% al 75%, en caso de que ponga a disposición más del 40% de sus viviendas.
Estarán exentos del impuesto los inmuebles más grandes de 120 m2, los que sean propiedad de la administración, los que estén en ámbitos considerados de escasa demanda, los que ya estén destinados a programas de alquiler social y los pisos turísticos que cumplan con la normativa específica.
El anteproyecto no pasa por alto las medidas ya aprobadas por varios ayuntamientos catalanes para multar las viviendas vacías y marca que se establecerán medidas compensatorias o de coordinación en estos casos.