Respuesta de la conselleria de Interior de la Generalitat a la sentencia que ha condenado por torturas a seis agentes de los Mossos d'Esquadra. El departamento que dirige Joan Ignasi Elena ha suspendido este viernes de empleo y sueldo a los seis mossos que golpearon, humillaron y vejaron a dos jóvenes en 2016 tras saltarse un control de alcoholemia en Cerdanyola del Vallès (Barcelona).
Se trata de la medida cautelar más dura que puede aplicar el régimen disciplinario interno de la policía catalana mientras un caso judicial no tenga sentencia firme, como ocurre con la agresión de Cerdanyola. Las defensas de los mossos condenados a penas de hasta cinco años y cinco meses de cárcel recurrirán la condena de la Audiencia de Barcelona ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Más allá de la pena de cárcel, la Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de inhabilitación absoluta a los seis mossos por el delito de torturas, lo que implica que, en caso de sentencia firme, serán expulsados del cuerpo y tendrán que volver a opositar si quieren volver a ser policías. Hasta ahora, en ninguna fase del proceso judicial Interior había impuesto medida cautelar alguna a los mossos. Cuando se abrió la causa, en 2016, la conselleria estaba en manos del PDeCAT.
Dos de los condenados, además, tienen otras causas abiertas en los juzgados. El primero es un mosso en excedencia, que abandonó a petición propia el cuerpo en 2017, tras la agresión de Cerdanyola, para fundar una empresa de seguridad privada. Desde el 2021 está investigado por robo con fuerza, soborno y revelación de secretos. Al estar en excedencia, el expediente y la medida cautelar de suspensión se le aplica formalmente, pero no tiene efectos prácticos.
El segundo mosso con otra causa pendiente sí seguía en el cuerpo, y ya estaba suspendido de funciones y sueldo a raíz de otro caso judicial en el que está investigado. La conselleria de Interior de la Generalitat ha declinado responder a elDiario.es sobre qué delitos versa esta causa judicial y tan solo ha explicado que no se trata de delitos de lesiones como lo ocurrido en Cerdanyola.
Los seis agentes expedientados, según la sentencia de la Audiencia de Barcelona, dieron una paliza a dos jóvenes para darles “un escarmiento” por saltarse un control policial en 2016. La sentencia, en sus hechos probados, establece que los mossos golpearon con puñetazos y patadas en la cara, cabeza y cuerpo, a los jóvenes –a uno de ellos el puñetazo le causó heridas en el ojo– al tiempo que les insultaban y les vejaban con expresiones como “os podríamos matar y aquí no se enteraría nadie”.
Los magistrados remarcan que en este caso concurren todos los elementos “para poder hablar de tortura”, ya que los agentes abusaron de su cargo, emplearon un “exceso de violencia inexplicable”, castigaron físicamente a los dos jóvenes de forma “injustificada” cuando ya estaban reducidos y esposados.
“Se trató de una agresión, intimidación y humillación totalmente gratuita e injustificada”, zanja el tribunal, que destaca que los seis condenados actuaron “conjuntamente”. Además de las penas de cárcel e inhabilitación, el tribunal ha condenado a los seis policías a indemnizar de forma conjunta a las víctimas con un total de 90.152 euros por las lesiones y daños morales, una cantidad que tendrá que asumir la Generalitat en caso de que los agentes no puedan.