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La jueza archiva la causa contra 27 policías por las cargas del 1-O en Girona

Actuación de la Guardia Civil en Sant Julià de Ramis, el 1 de octubre de 2017.

elDiario.es Catalunya

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La jueza ha archivado la causa contra los 27 policías nacionales y el guardia civil procesados por las cargas en seis colegios electorales de la ciudad durante el 1 de octubre de 2017, tal y como ha adelantado El Mundo y ha confirmado elDiario.es.

La jueza da carpetazo a la causa tras constatar que las lesiones leves por las que se iba a juzgar a los agentes están prescritas o pueden quedar amparada por la eximente de actuar en cumplimiento del deber, lo que en cualquier caso exime de responsabilidad penal a los uniformados.

El portavoz de los abogados voluntarios que interpusieron la querella conjunta por las actuaciones policiales en Girona, Sant Julià de Ramis y Aiguaviva, Albert Carreras, ha indicado que los heridos han recurrido la decisión de la jueza.

La magistrada, a petición del fiscal, da carpetazo al caso de las cargas después de que la Audiencia de Girona rechazara que se pudiera acusar a los agentes de torturas o de delito contra la integridad moral y rebajara las acusaciones a delitos de lesiones leves, lo que abría la puerta a su prescripción.

En sus resoluciones, la magistrada concluye que “no se produjo un exceso en la actuación policial, aún cuando se produjeron lesiones, habida cuenta de que los agentes no pudieron actuar de otra forma”.

Como la magistrada considera que la entrada en los colegios fue la única forma que los agentes encontraron para cumplir con la orden judicial que les conminaba a impedir la votación y los resultados fueron lesiones leves de los votantes, les aplica la eximente (retirada de responsabilidad penal) de actuar en cumplimiento de un deber.

El archivo del caso llega en vísperas de que los agentes de Girona sean amnistiados gracias a la norma de olvido penal del procés que se ha empezado a tramitar en el Congreso gracias al pacto entre el PSOE y los partidos independentistas.

La norma solo excluye de la amnistía los actos dolosos que hubieran producido pérdida o inutilidad de un órgano. Aplicado al 1-O, y a la espera de cómo aplica cada juez la norma, ello podría traducirse en que los cuatro antidisturbios procesados por reventar el ojo con una bala de goma a Roger Español el 1-O sí podrían tener que ir a juicio, pero podrán beneficiarse de la misma si lo tribunales terminan concluyendo que no tenían intención de lesionar al joven y que sus heridas fueron tan solo imprudentes. El resto de los 45 agentes investigados en Barcelona y los 28 de Girona sí se verán beneficiados por la amnistía.

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