La jueza da cinco días al condenado por una agresión homófoba en el metro de Barcelona para entrar en prisión

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

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La jueza ha dado cinco días al hombre condenado a tres años y medio de cárcel por una agresión homófoba en el metro de Barcelona en 2019 para que ingrese voluntariamente en prisión. De lo contrario, se dictará su busca y captura a los cuerpos policiales para que entre en un centro penitenciario a cumplir condena.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, en el que la magistrada constata que la sentencia ya es firme y procede a ordenar su cumplimiento mediante el ingreso en prisión del condenado. También pide al juzgado de menores –hay otro condenado menor de edad– cuánto dinero consignó el otro agresor como indemnización a la víctima para que se le abonen las cantidades que falten.

La magistrada castigó la agresión como un delito de lesiones agravadas por la forma en que se perpetró el ataque: por la espalda, con fuerza y cuando la víctima iba andando hacia las escaleras para salir del andén. El condenado, resaltó la jueza, “se aprovechó” de que la víctima ya estaba en el suelo “sin capacidad de reacción para propinarle la primera de las patadas y así continuar con los golpes y patadas por todo el cuerpo”.

“La agresión se produjo por razón de la orientación sexual de la víctima”, zanja la jueza, que justificó la imposición de la agravante por homofobia ya que el condenado sabía que el agredido era homosexual porque el menor de edad ya lo había increpado antes por este motivo y él lo había observado sin recriminarle su actitud.

El primero en hostigar a la víctima dentro del vagón fue el menor de edad, quien empezó a realizar “gestos afeminados” con la intención de “ridiculizar” a la víctima, destacó la sentencia. Tras cambiar de asiento, el menor siguió acosándolo –“qué pasa, que eres maricón”–, tras lo cual la víctima comunicó la situación por el teléfono interno del vagón y descendió del metro. No consiguió salir del andén.

“De manera sorpresiva, por detrás y con clara intención de menoscabar su integridad física”, relató la sentencia, el menor de edad fue el primero en dar un golpe en el cuello de la víctima, que inmediatamente cayó al suelo. Luego, el otro condenado prosiguió con la agresión propinando varias patadas y puñetazo a la víctima, quien solo pudo protegerse “acurrucándose en una posición fetal defensiva ya que tuvo la sensación de estar rodeado”.

La magistrada castigó los hechos como un delito de lesiones graves con la agravante de discriminación por orientación sexual, e impuso al condenado una indemnización a la víctima por valor de casi 10.000 euros. Otros dos acusados por la Fiscalía, la Generalitat y el Ayuntamiento fueron absueltos por no quedar suficientemente acreditada su participación en los hechos.